La Audiencia Provincial de Cádiz condena a prisión a tres guardias civiles por facilitar el tráfico de hachís

Actualizado: sábado, 28 enero 2006 15:04

ALGECIRAS (CADIZ), 28 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Sección Algeciras de la Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a tres agentes de la Guardia Civil, de iniciales J.C.V.M., D.D.L. y R.J.L.P., a tres años y seis meses de prisión por un delito de tráfico de drogas y otro de revelación de secretos.

La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, impone también una multa de 1.800 euros a cada uno y los inhabilita para el ejercicio de sus funciones por un período de cuatro años y medio. Los tres funcionarios tendrán también que pagar una multa de 2.700 euros, a razón de seis al día durante quince meses.

La resolución corresponde a un juicio que sentó en el banquillo de los acusados, además de a los agentes, a otros cinco imputados por tráfico de drogas. Para estas personas, cuatro mujeres y un hombre, las penas oscilan entre los tres años y nueve meses y el año y ocho meses.

De esta forma, sólo una mujer, de iniciales S.N.A., no entrará en prisión porque no tiene antecedentes penales, mientras que la sanción más dura es para R.F.N.G., que estará tres años y nueve meses en la cárcel. Además, la mujer S.M.A. y el hombre M.H.H. fueron condenados a tres años y un mes. Otra implicada, S.M.M. ha sido condenada a dos años y mes, lo que la obligaría a ir a prisión al exceder el límite de dos años.

El juicio contra los tres agentes y los otros cinco acusados comenzó el pasado mes de octubre y quedó visto para sentencia en cuatro sesiones. Durante el proceso se anularon algunas de las escuchas telefónicas que habían sido ordenadas por un juzgado de Instrucción, ya que se entendió que se habían vulnerado los derechos de los imputados. Sin embargo, las penas impuestas no varían de las que solicitó en su día el Ministerio Fiscal, representado por el fiscal antidroga del Campo de Gibraltar, Emilio Miró.

Para los tres agentes se solicitaba cuatro años y seis meses de prisión por un delito contra la salud pública, una multa de 1.800 euros y otra de seis euros durante 18 meses por revelación de secretos, además de la inhabilitación de sus funciones por siete años.

Para los civiles las peticiones iniciales oscilaban entre los dos años para S.N.A., la única que no irá a la cárcel, y los tres años y diez meses para la mujer en cuyo domicilio se encontraron 2.650 gramos de hachís, R.F.N.G.

Los hechos juzgados ocurrieron entre mayo de 2002 y febrero de 2003. La sentencia considera como hechos probados que los agentes R.J.L.P. y D.D.I., gracias a su profesión, accedieron al listado de funcionarios que en cada turno trabajaban en el servicio de reconocimiento de viajeros procedentes de Ceuta y Tánger. Esa información de turnos se la transmitían por teléfono al otro funcionarios condenado, J.C.V.M., usando un lenguaje en clave para hablar de los agentes de servicio.

Este agente era compañero sentimental de S.N.A., que viajaba a Ceuta de manera habitual para comprar hachís. Según recoge el fallo del juzgado el guardia civil conocía estos hechos y acompañó en varias veces a la mujer en su coche desde el puerto de Algeciras a los domicilios de S.M.A. y R.F.N.G.

Precisamente era S.N.A. la que comunicaba la lista de turno a las otras mujeres "para decidir la hora en la que se podrían desplazar de Ceuta a Algeciras, al entender que era el mejor momento y tenían grandes posibilidades de no ser descubiertas". Esta mujer llegó a realizar hasta tres y cuatro viajes al día. Las detenciones se produjeron a partir de enero de 2003. Ahora la sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.