Bildu-La Abogacía enmarca el rechazo a la violencia de la agrupación recurrente en una "actuación puramente estratégica"

Actualizado: jueves, 5 mayo 2011 20:25

La lista de Zalduondo (Álava), liderada por un ex concejal de HB, es la única de las 11 agrupaciones anuladas que ha recurrido ante el TC

MADRID, 5 May. (EUROPA PRESS) -

La Abogacía del Estado ha solicitado al Tribunal Constitucional que inadmita el recurso presentado por la Candidatura Independiente de Zalduondo (Álava) o, de forma subsidiaria, le deniegue el amparo pretendido al estimar que su rechazo a la violencia es "una actuación puramente estratégica carente de la necesaria convicción".

La Candidatura Independiente de Zalduondo, que integra como único candidato el ex concejal de HB Gustavo Fernando Fernández Villate, ha sido la única de las once agrupaciones de electores vetadas por el Tribunal Supremo que ha decidido presentar recurso de amparo ante el Constitucional.

En su escrito de alegaciones, al que ha tenido acceso Europa Press, los servicios jurídicos del Estado han recordado que la Sala del 61 del Supremo tuvo en cuenta para anular la lista que Fernández Villate integró la agrupación electoral Gazteziko Autodeterminaziorako Bilgunea (AuB) en las Juntas Generales en el año 2003, que fue anulada ese mismo año por el alto tribunal.

Además ha aludido a que Villate fue detenido el 16 noviembre 2004 dentro de una operación contra la infraestructura de ETA en País Vasco y Navarra derivada del análisis de los papeles incautados al ex dirigente de ETA Ibon Fernández Iradi, 'Susper'.

La Abogacía advierte de que la demanda del recurrente no contiene "justificación suficiente" que motive la "especial trascendencia constitucional" del amparo solicitado.

Además, indica que, en el recurso contencioso-electoral, la candidatura no acompañó al escrito de alegaciones ningún medio de prueba que tenga "carácter decisivo" en términos de defensa y no ha razonado en que podrían haber afectado, de haberse aportado, al fallo de la sentencia recurrida.

NO PIDE LA DESAPARICIÓN DE ETA

La Abogacía del Estado ha recordado que el Supremo entendió que el rechazo a la violencia esgrimido por esta lista se trataba de "una débil renuncia genérica a la violencia" y, en consecuencia, los recurrentes han aportado en su demanda de amparo una nueva declaración de rechazo a los actos de terrorismo.

Sin embargo, entiende que esta manifestación carece de "suficiente fuerza" para ser considerada un contraindicio ya que omite el término condena y no pide la desaparición de ETA. "Permite interpretar que se trata de una actuación puramente estratégica carente de la necesaria convicción", ha remachado.

En su escrito ante el Supremo, la Abogacía del Estado solicitó la anulación de la 'Candidatura Independiente de Zalduondo' donde "el único candidato presenta intensas vinculaciones con los partidos ilegalizados", mientras que la Fiscalía pidió que se actuara contra esta agrupación porque su único candidato fue concejal de HB en 1995 y fundador de Batasuna.

Al ser la única agrupación que ha recurrido ante el Constitucional, han quedado definitivamente anuladas las agrupaciones de Arbizuarron Hitza (Arbizu), Etxarri-Aranatz (Aitzurain), Izquierda Falcesina (Falces), la Agrupación Independiente Arbekoa (Galar), Oskotseta (Imotz), la Agrupación de Electores Lakuntzaileok (Lakuntza), Larraun Bat (Larraun), Biscasa y Pialote (Navascués) y la Agrupación Independiente de Iguzquiza (Iguzquiza), que según la sentencia dictada por el Tribunal Supremo son mera sucesión de la ilegalizada Batasuna.

Poco antes de las doce de la noche del pasado domingo, los magistrados de la Sala del 61 del Tribunal Supremo habían dado finalmente el visto bueno para presentarse a las elecciones a un total de 10 agrupaciones de electores de las 21 recurridas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado en el País Vasco y Navarra, sobre las que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado habían presentado pruebas que las vinculaban con la izquierda abertzale ilegalizada.

Así, y a falta de conocerse la decisión final sobre Zalduondo, las agrupaciones impugnadas que sí pueden concurrir a los comicios son Alkarlanien (Vizcaya), Agrupación Electoral Erlain (Basaburua, Navarra), Oltzako Herria (Cendea de Olza (Navarra), Txangola (Ezcabarte, Navarra), Atabea (Gallues, Navarra), Urdintxa (Ollo, Navarra), Agrupación Independiente Batzarramendi (Valle de Yerri, Navarra), Mendurro (Imotz, Navarra), Metauten (Metauten, Navarra) y Agrupación Electoral Herri Taldea (Etxalar, Navarra).