CGPJ pide a Justicia que evite que en las resoluciones digitales figure el DNI de jueces

Actualizado: lunes, 23 mayo 2016 17:46

Asociaciones judiciales alertan que el sistema LexNet permite identificar datos personales y temen por su integridad

MADRID, 23 May. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), reunida este lunes de forma extraordinaria, ha solicitado a las Administraciones Públicas competentes que adopten las soluciones técnicas necesarias para impedir que en los documentos judiciales con firma digital figuren datos personales de los jueces y magistrados, como el número de DNI o su dirección de correo electrónico.

El CGPJ fue advertido de esta situación por las cuatro asociaciones judiciales, que alertaron por carta de que el sistema de gestión electrónica de las resoluciones, que debe utilizarse obligatoriamente desde el pasado 1 de enero, permite que las personas que acceden a estas decisiones conozcan los citados datos personales que identifican a jueces o magistrados. Consideran que se pone en riesgo su integridad física y su seguridad.

El pasado viernes, la vocal del CGPJ María Victoria Cinto respondió también por carta a este requerimiento señalando que impulsarán medidas para evitar estas identificaciones, si bien advierte que éstas se pueden demorar y recuerda a las asociaciones judiciales que la identificación digital que incluye nombre, DNI y correo de los jueces cumple con la legalidad.

Entre las soluciones propuestas por la vocal está la de que se remita a los destinatarios de las notificaciones el texto de la resolución sin firma digital del juez, pero con un sello digital del órgano remitente que incluya un código seguro de verificación (CSV), necesario para que el ciudadano o sus representantes puedan comprobar la integridad del documento en la 'sede electrónica' de la Administración con competencias.

De este modo, según explica el CGPJ, la resolución firmada quedaría almacenada y protegida en el sistema de gestión procesal, accesible solo por las personas autorizadas e incluyendo todos los datos que permitan garantizar que el firmante ha sido un determinado juez o magistrado, uno de los cuales es el número de DNI.

NO CREE QUE DEBA SUSPENDERSE EL PROCESO

La Comisión Permanente confía en que las disfunciones observadas queden resueltas en un plazo prudencial, por lo que no considera necesario que se suspenda el proceso de implantación de la firma electrónica de las resoluciones judiciales, "teniendo en cuenta que desde el órgano de gobierno de los jueces y desde el Ministerio de Justicia se están arbitrando las soluciones oportunas".

La Asociación Profesional de la Magistratura (APM), la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (FdV ), Jueces para la Democracia (JpD) y el Foro Judicial Independiente (FJI) habían transmitido su "extrema preocupación" por la situación, y reclamaBAN una solución porque los sistemas de firma electrónica de jueces y magistrados son los que provee esta institución, al contrario de lo que ocurre con fiscales o secretarios judiciales, que son cosa del Ministerio de Justicia.

Recuerdan que la normativa señala que el destinatario de la resolución judicial tiene derecho a verificar, sea a través delos sistemas de validación actualmente existentes (léase Acrobat Reader*) o a través, como está legalmente previsto, del Código Seguro de Verificación (CSV), no solo la integridad y autenticidad del documento, sino también la identidad de su autor, es decir, que ha sido emitido y firmado por quien dice ser, para lo cual es suficiente que el citado código incluya el nombre y apellidos, cuerpo y cargo del juez firmante.

Recuerdan que en otros sectores, como los de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, se dota a los agentes de un numero de identificación, y que "una cosa es que cada Administración deba adoptar las medidas adecuadas para facilitar la verificación de sus sellos electrónicos y la identidad de los firmantes, y otra muy distinta que deba dar publicidad a esos datos, poniendo en peligro grave la vida, integridad y seguridad física de sus miembros".