Condenado a tres años de cárcel un empresario por la muerte de dos trabajadores al caer de un andamio en Barcelona

Actualizado: jueves, 4 octubre 2007 20:02

BARCELONA, 4 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Barcelona ha confirmado una sentencia que impone tres años de cárcel a un empresario por la muerte de dos trabajadores que en julio de 2003 cayeron desde un andamio en un edificio de la avenida Paral·lel de la capital catalana por entender que actuó con la "máxima negligencia", ya que las medidas de seguridad de todo tipo "brillaban por su ausencia".

La Sección Sexta de la Audiencia confirma así el fallo del Juzgado Penal número 6 de Barcelona, que en marzo condenó a Manuel Macías --cuyo empresa era Moya Pintura Industrial-- por un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con dos de homicidio por imprudencia.

Al empresario, además, se le ha inhabilitado para ejercer su profesión durante tres años y debe indemnizar con un total de 288.000 euros a los familiares de José Ángel R.B. --que tenía dos hijos de 10 y 9 años en el momento de los hechos-- y de Ventura O.B. Los dos trabajadores tenían 34 años cuando ocurrió el siniestro.

La condena impuesta a Manuel Macías implicará, en principio, su ingreso en prisión, ya que la pena es superior a dos años. Según avanzó hoy 'El Periódico', es la primera vez en Catalunya que un empresario irá a la cárcel por un caso de siniestralidad laboral por imprudencia, aunque el fallo todavía no se ha ejecutado.

El accidente laboral ocurrió sobre las 17 horas del 29 de julio de 2003, cuando José Ángel R.B. y Ventura O.B. --que no tenía contrato ni estaba dado de alta en la Seguridad Social-- estaban subidos a un andamio móvil, a una altura de un cuarto piso, para pintar el patio interior de un edificio de la avenida Paral·lel de Barcelona.

Según declara probado la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, cuando uno de los operarios se disponía a colocar una rejilla o a tapar un agujero se echó hacia delante y perdió el equilibrio, precipitándose desde el andamio y arrastrando a su compañero, que había intentado ayudarle. Uno de ellos murió en el acto, mientras que el otro ingresó cadáver en el hospital.

Las víctimas, que trabajaban a 13 metros del suelo, cayeron por el lateral izquierdo del andamio, que no tenía barandilla ni otros sistemas de protección. Además, la estructura no estaba sujetada para evitar que se moviera y no tenía un sistema antibloqueo que permitiera el amarre de los cinturones de seguridad.

Según la sentencia, estos cinturones --que sustituían a los arneses de seguridad obligatorios-- estaban formados por una faja con sus hebillas y por una argolla a la que estaba unida la cuerda de amarre, dotada en su extremo de un mosquetón, y debían atarse con nudos. El acusado, por tanto, "no adoptó las medidas necesarias para garantizar que el equipo utilizado por sus trabajadores fuera el adecuado".

Macías tampoco realizó la evaluación inicial de riesgos ni facilitó a sus trabajadores información ni formación preventiva. El condenado explicó que él mismo les daba los cursillos basándose en su "amplia" experiencia en el trabajo, algo que la juez de primera instancia consideró "ofensivo", dada su "absoluta despreocupación sobre la importancia de las medidas de seguridad".

ANDAMIO "DEPLORABLE" E "IMPROVISADO".

De hecho, según una inspectora de trabajo que declaró durante el juicio, las medidas de seguridad aplicadas por el empresario eran "inexistentes" y no cumplían "prácticamente ninguno de los requisitos mínimos exigibles". El andamio, que consideró "deplorable", parecía más bien "improvisado" y estaba sujetado con unos bidones.

Pese a todo, el empresario insistió en que la seguridad era "correcta" y achacó el accidente a una imprudencia de los operarios, actitud que la juez considera "irresponsable y desacertada", teniendo en cuenta que él actuó "con olvido de la más elemental norma de pericia, previsión y cautela", manteniendo a los trabajadores en una actividad que entrañaba "grave peligro".

"Igual falta de sensibilidad y apatía mostró el acusado", prosigue la sentencia, cuando reconoció que tres años y medio después del accidente todavía no ha satisfecho a los hijos menores de José Ángel R.B. los 5.125 euros que les debe por los salarios y liquidación que correspondían a su padre.

El acusado no ha abonado "ni siquiera en una mínima parte" dicha cantidad, alegando que no tiene dinero, pese a admitir que su empresa sigue funcionando. Ahora también deberá asumir la indemnización que debe pagar a los familiares de las víctimas, ya que la aseguradora que tenía contratada excluyó expresamente de la póliza la cobertura por accidentes de trabajo e incumplimiento de obligaciones laborales.