VALLADOLID, 26 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia de Valladolid condenó a una pena de un año y medio de cárcel a José Antonio O.C. por cobrar en marzo de 2006 un pagaré falsificado por importe de casi 3.000 euros en una sucursal de Banesto en Valladolid, para lo cual utilizó un DNI robado perteneciente a otra persona pero en el que aparecía su propia fotografía.
En su sentencia, la Sala absolvió al citado individuo del delito de falsedad en documento mercantil del que venía siendo acusado, pero le halló culpable de un delito de falsedad en documento oficial y de otro de estafa, con la agravante de reincidencia y la atenuante de drogadicción, de ahí que finalmente acordara imponerle una pena global de un año y medio de prisión, multas por valor de 3.600 euros y el pago de una indemnización de 2.958,78 euros en favor de Banesto, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
Durante el juicio, el ahora condenado confesó la autoría del delito de estafa pero alegó en su descargo que él actuaba como un mero "cobrador" al servicio de una banda criminal perfectamente estructura y jerarquizada que le facilitaba toda la documentación falsa y que a cambio le pagaba con cocaína, dada la grave dependencia que tenía de este sustancia.
El acusado, que tiene pendientes otras veintinueve causas de este tipo por estafas de estas mismas características en toda España, otras dos más en Valladolid, que podrían traducirse en más de 100 años de cárcel, reconoció haberse personado el 9 de marzo del pasado año en la sucursal de Banesto en la calle Cigüeña, en el barrio de Pajarillos, con un sobre en el que portaba un pagaré y un DNI, ambos falsificados, con los que logró cobrar en ventanilla 2.958,78 euros.
Sin embargo, el estafador insistió en que él se limitaba a hacer lo que le indicaban los miembros de un grupo criminal, encabezado por un tal José Luis, que le llamaban por teléfono y le facilitaban la documentación manipulada que tenía que presentar en ventanilla. "En aquellas fechas estaba muy enganchado a la cocaína, de forma que eran ellos los que hacían y deshacían", advirtió el acusado, quien precisó que antes de cobrar el pagaré en los bancos recibía un gramo de 'coca' y al concluir la operación otro gramo más y 150 euros.
Lo que sí quiso dejar bien claro José Antonio O.C, durante su declaración ante la Audiencia Provincial, es que él no 'escaseaba' el pagaré para alterar los datos y cantidades y tampoco el DNI que había sido sustraído en Madrid a su legítimo propietario pero en el que había sido insertada la fotografía del imputado.
UNA PIEZA MÁS DEL ENGRANAJE.
Casualmente, su versión fue corroborada por uno de los policías nacionales que participó en la investigación de los hechos, en el sentido de que el acusado era un mero "cobrador o pasador" de pagarés.
El funcionario explicó que la banda a la que pertenecía el acusado se encontraba "perfectamente estructurada y jerarquizada", de forma que habían quien inicialmente tenía por cometido el hurto de pagarés en los buzones de Correos, normalmente en polígonos industriales, mientras que otros se encargaban de manipular dichos documentos y los DNI y, en un último peldaño, entraban en juego los "cobradores", función que atribuyó al acusado.
En la presente estafa, el pagaré en cuestión, emitido por la empresa vallisoletana Inmeva S.A. por importe de 83,98 euros en favor de Novar Iberia, había sido sustraído en Correos y manipulado, de forma que el importe había sido elevado a 2.958,78 euros y se había puesto como beneficiario a Alejando Rayón Encinas, cuyo DNI había sido sustraído en Madrid y fue utilizado por el acusado para cobrarlo en ventanilla.
La representante del Ministerio Fiscal, pese al convencimiento de que el acusado no es el "cerebro" de la banda, mantuvo su petición de seis años de cárcel y el pago de una indemnización a Banesto de 2.958,78 euros como autor de un delito de falsedad en documento oficial y mercantil, en concurso ideal con un delito de estafa, y con la agravante de reincidencia, ya que José Antonio O.C. ya fue condenado en Valencia por un hecho similar en 2004.
Sin embargo, la acusadora pública dejó a criterio de la Sala la posibilidad de que la pena finalmente impuesta pudiera quedar reducida a tres años y medio, en aplicación de la atenuante de drogadicción.
El defensor, por su parte, pidió la absolución del delito de falsedad y una pena mínima de un año y medio y multa de 540 euros por el delito de estafa, con la atenuante de drogadicción.