Condenan a 20 años de prisión al policía local de Premia de Mar (Barcelona) que asesinó y descuartizó a su mujer

Europa Press Nacional
Actualizado: lunes, 15 mayo 2006 21:23

BARCELONA 15 May. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Barcelona ha condenado a 20 años de prisión al policía local de Premià de Mar que en julio de 2003 asesinó a su esposa para posteriormente descuartizarla y ocultar los restos en unas jardineras que rellenó con cemento.

Después de que un tribunal popular le declarase culpable, el magistrado-presidente del Tribunal del Jurado ha impuesto a Juan Antonio G.G. los 20 años de cárcel que solicitaron la Fiscalía y la acusación particular --ejercida por la familia de la víctima y por la Generalitat-- por un delito de asesinato con la agravante de parentesco.

Además, se ha inhabilitado absolutamente al acusado, que no podrá ejercer la patria potestad sobre sus dos hijos durante el tiempo que dure la condena. El Tribunal, además, le prohíbe volver a Premià y acercarse a menos de 1.000 metros y comunicarse con sus hijos, su cuñado y sus suegros durante los cinco años siguientes al cumplimiento de la pena. Por último, deberá indemnizar con 250.000 euros a sus hijos, tal y como solicitó la acusación particular.

ASESINATO CON ALEVOSÍA.

Basándose en el veredicto, la sentencia declara probado que el 23 de julio de 2003 Juan Antonio G.G., de 37 años, aprovechó que su mujer estaba durmiendo la siesta en el sofá para dispararle en un brazo con su arma reglamentaria, utilizando dos cojines a modo de silenciador. A continuación, la golpeó en la cabeza como mínimo en tres ocasiones, lo que le produjo una fractura craneal que desembocó en la insuficiencia respiratoria que acabó con su vida.

El jurado determinó que el acusado acabó con la vida de su esposa, María del Mar M.A., de forma premeditada, ya que dos días antes de asesinarla ya empezó a justificar la desaparición de la mujer ante sus familiares. Juan Antonio G.G., que mantenía una relación extra matrimonial con otra mujer desde hacía un año, les explicó que su esposa le había abandonado por otro hombre y que le había dejado a cargo de sus dos hijos.

El veredicto también consideró que la víctima no presentaba signos de defensa, según explicaron los forenses durante el juicio. Esto supone que la mujer estaba totalmente indefensa y que el agresor actuó con "alevosía" y de forma súbita. En este sentido, el jurado tuvo en cuenta que Juan Antonio G.G. disparó a su mujer en el brazo mientras dormía y que después la golpeó "brutalmente" en la cabeza.

Según el veredicto y la sentencia, el acusado no tuvo en ningún momento intención de confesar, ya que no pidió auxilio a los servicios sanitarios ni a la Policía, pese a que la herida que su mujer recibió en el brazo no era mortal.

A este respecto, el jurado consideró que Juan Antonio G.G. estuvo haciendo "vida normal" durante los cinco días posteriores al crimen, manteniendo incluso una relación "distendida" con su amante. Continuando con su "farsa", el acusado dejó pistas falsas sobre la desaparición de su mujer enviando mensajes falsos desde el teléfono móvil de la víctima y poniendo una denuncia falsa por desaparición ante los Mossos d'Esquadra de Mataró.

Por otra parte, "dada la gravedad de los hechos y los daños morales que el acusado causó a los hijos y la familia de la víctima" el jurado estimó que Juan Antonio G.G. no es "merecedor" de la posibilidad de obtener el indulto.

Según el magistrado, los menores perdieron aquel día tanto a su madre, "porque físicamente ya no la tienen", como a su padre, ya que "no sólo físicamente se ha alejado de ellos al ser encarcelado, sino que es más que posible que se les originase un gran distanciamiento".

Para el juez, "cuesta entender" la muerte de una persona a manos de otra si entre ellas "han traído al mundo otras personas que dependen de ellos y a los que por ley, por sentido común, por ética y por tantas otras cosas, uno y otro les deben amor y respeto", del que se han visto privados los dos hijos del matrimonio por el acto de su padre, "por el no podrán ser resarcidos".

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