Consejo.- El Gobierno denuncia el convenio sobre limitación de la responsabilidad de reclamaciones de derecho marítimo

Actualizado: viernes, 31 marzo 2006 16:46

MADRID, 31 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha autorizado la denuncia del Convenio sobre limitación de la responsabilidad nacida de reclamaciones de derecho marítimo, hecho en Bruselas el 19 de noviembre de 1976, ha dispuesto su remisión a las Cortes Generales.

El Convenio sobre limitación de la responsabilidad nacida de reclamaciones de derecho marítimo entró en vigor, en general y para España, el día 1 de diciembre de 1956. Este Convenio fue sustituido por el Protocolo de 1996, que fue ratificado por España el 28 de enero de 2005 y entro en vigor, en general, el 13 de mayo de 2004 y para España el día 10 de abril de 2005.

España denunció, a la vez que ratificó el Protocolo de 1996, el Convenio internacional relativo a la limitación de la responsabilidad de los propietarios de buques que navegan en alta mar, firmado en Bruselas el 10 de octubre de 1957, así como su Protocolo de 21 de diciembre de 1979, que lo modifica, y el Convenio Internacional para la unificación de ciertas reglas sobre limitación de la responsabilidad de propietarios de buques, hecho en Bruselas el 24 de agosto de 1924. Las tres denuncias en el Boletín Oficial del Estado del día 2 de marzo de 2005.

La Comisión Europea decidió incorporar mediante Directiva el Protocolo de 1996, de forma que todos los Estados miembros de la Unión Europea lo ratifiquen. Esta Directiva llevará incorporado un sistema de responsabilidad civil más severo para los propietarios de buque en enarbolen la bandera de países que no sean Estados Partes del citado Protocolo de 1996.

El Protocolo de 1996 será, por tanto, el único instrumento que regule la limitación de responsabilidad de los propietarios de buques, por ser éste el que establece los límites de responsabilidad más elevados.

El objetivo que se persigue con la denuncia es que España complete la actualización del régimen que regula los límites de responsabilidad aplicables a los propietarios de los buques, teniendo en cuenta que el Convenio de Londres de 1976 ha sido sustituido por el Protocolo de 1996.