Decretado el sobreseimiento de la causa contra la comisión ejecutiva de Mercalicante

Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 9 julio 2009 16:49

ALICANTE 9 Jul. (EUROPA PRESS) -

El juzgado de instrucción número uno de Alicante ha decretado el sobreseimiento libre y parcial del procedimiento abierto contra los miembros de la comisión ejecutiva de Mercalicante al considerar que los hechos que se les imputa no son constitutivos de delito.

El auto del juzgado, al que tuvo acceso Europa Press, señala que la causa abierta contra Juan Manuel Zaragoza Más, José María Rodríguez Galant, Segundo Bermejo Hernández y Gonzalo Javier Simón Vila, queda sobreseída puesto que los presuntos delitos societarios, de apropiación indebida, estafa, y falsedad que se les imputan son los mismos que se imputaban al ex alcalde de Alicante, Luis Díaz Alperi, "persona para la que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha decretado el sobreseimiento libre y parcial".

El 12 de febrero de 2009 el TSJCV asumió la causa del caso Mercalicante respecto a Luis Díaz Alperi, --presidente de la comisión ejecutiva de Mercalicante-- en virtud de su condición de aforado, y el 19 de febrero de 2009, este tribunal decretó el sobreseimiento libre y parcial del procedimiento, referido únicamente al ex alcalde de Alicante, al no considerar que los hechos fueran constitutivos de delito.

De esta forma, el juzgado ha estimado que puesto que los hechos que se les imputa al resto de los miembros de la comisión ejecutiva de Mercalicante son "los mismos que se imputaban" a Luis Díaz Alperi, "para el que se ha decretado el sobreseimiento libre y parcial" de las actuaciones por el TSJCV, "huelga cualquier otra consideración por parte de este juzgado en lo que respecta a estas personas y hechos imputados, de manera que atendidas las referidas resoluciones dictadas por el órgano superior, que estiman que los hechos no son constitutivos de los delitos societarios, de apropiación indebida y malversación, procede acordar el sobreseimiento libre y parcial de las presentes actuaciones".

Contra este auto, de fecha siete de julio de 2009, cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Alicante en el plazo de cinco días, tal y como recoge el mismo auto.

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