Las doctoras acusadas de homicidio y aborto imprudente niegan el error y dicen que actuaron conforme a los síntomas

Actualizado: lunes, 18 octubre 2010 17:15

Fiscalía solicita para ellas cárcel, cinco años de inhabilitación profesional y una indemnización conjunta de 230.642 euros para la familia

OVIEDO, 18 Oct. (EUROPA PRESS) -

Dos doctoras, con un contrato laboral indefinido en el Hospital del Oriente de Asturias, en Arriondas, han negado este lunes que cometiesen un error con la mujer de 40 años embarazada que falleció tras acudir tres veces al servicio de urgencias del centro, puesto que actuaron de acuerdo a los síntomas de la paciente, que presentaba un dolor en el pecho que se agravaba "a la palpación" y no opresivo, con lo que descartaron el infarto.

La primera sesión del juicio se ha celebrado este lunes durante casi cinco horas en el Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo y continuará el miércoles en la misma sala con las pruebas periciales y la lectura de las conclusiones de las partes.

En la vista han prestado declaración las dos doctoras imputadas y la facultativa que atendió a la gestante en primer término, así como dos enfermeras, la técnica de rayos del centro sanitario, la hermana de la fallecida, la amiga que la acompañó a consulta y su compañero sentimental.

El abogado de la defensa, Javier Álvarez Arias de Velasco, ha anunciado su intención de denunciar a la amiga de la mujer fallecida por falso testimonio al incurrir en "contradicciones". "Hizo tres declaraciones diferentes en Policía y Juzgados", señaló el letrado en declaraciones a Europa Press.

LOS HECHOS

Según la calificación del fiscal, la mujer, de nacionalidad dominicana, se dirigió al servicio de urgencias del Hospital de Arriondas el 23 de septiembre de 2006 aquejada de "un dolor retroesternal de una semana de duración". Tras realizarle un electrocardiograma, se le diagnosticó 'síndrome de Tietze'.

Posteriormente, y ante la persistencia de los síntomas, regresó al hospital a las 11.03 y a las dos de la madrugada con dolor "tipo pinchazo" irradiado en la espalda, pecho y hombros. En la primera de las visitas se le realizó una analítica con hemograma, se mantuvo el diagnóstico inicial y se le dio el alta. En la segunda, siempre según la Fiscalía, se le ofreció una radiografía de tórax "con protección", que fue rechazada por la paciente, por su embarazo.

Sobre las 5 de la madrugada del mismo día, la paciente, que entonces tenía 40 años, falleció "a causa de un infarto agudo de miocardio transmural septal de más de 24 horas de evolución". Era madre soltera y tenía dos hijos menores de edad.

De acuerdo a las conclusiones provisionales, "la actuación realizada por las acusadas no se ajustó al estado actual de los conocimientos técnicos y científicos, dado que la sospecha de infarto agudo de miocardio no era descartable". Así, según el Ministerio Público, "la paciente debía haber sido mantenida en observación y repetido el electrocardiograma".

Para el fiscal, los hechos son constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia, por el que solicita 1 año y seis meses de cárcel para cada una, y de un segundo delito de aborto imprudente por el que se enfrentan a cuatro meses de prisión.

Además, por ambos delitos la Fiscalía solicita para ellas cinco años de inhabilitación profesional y una indemnización conjunta de 221.032 euros para los dos hijos de la fallecida y de 9.610 euros para su actual pareja sentimental, de la que responderá subsidiariamente el Hospital.

Por su parte, la acusación particular, ejercida por el letrado José González Hevia, sostiene que se actuó con "temeridad y negligencia" y pide que se condene a la primera facultativa a un año y seis meses y a la segunda a dos años y seis meses por el homicidio imprudente.

Por el delito de lesiones culposas al feto, solicita una multa de 6.000 euros para la primera, que eleva a 12.000 para la segunda. Además, coincide con el Ministerio Público en lo relativo a la responsabilidad civil.