((ESTA NOTICIA SUSTITUYE A LA ANTERIOR SOBRE EL MISMO TEMA))
PALMA DE MALLORCA, 19 (EUROPA PRESS)
El Juzgado número 1 de Palma ha desestimado la solicitud de extinción de contrato presentada por un controlador aéreo de Aena, que consideraba que se habían modificado sustancialmente sus condiciones de trabajo.
En un comunicado, Aena ha informado de que el controlador esgrimía el artículo 153 del convenio colectivo, que establece el derecho del empleado a resolver su contrato de trabajo en caso de modificación sustancial del mismo, en virtud de resolución del órgano competente, en el caso de que el empleado se considere perjudicado.
Sin embargo, en este caso, el juez basa su desestimación en la sentencia de la Audiencia Nacional del pasado 5 de marzo que desestimó la demanda presentada por la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) contra el Real Decreto Ley del 5 de febrero y la Ley 9/2010 de modificación de las condiciones de trabajo.
De este modo, la sentencia asegura que la modificación de las condiciones de trabajo no son consecuencia de "la resolución del órgano competente, es decir, de un órgano de la Administración Pública, sino que se trata de la aplicación de una Ley aprobada por el poder legislativo frente a la que la Administración y los ciudadanos no tienen otra alternativa que darle cumplimiento.