Economía/Legal.- El Supremo confirma que 'Los Albertos' intentaron ser absueltos de Urbanor con una carta "prefabricada"

Actualizado: jueves, 7 abril 2011 21:17

La sentencia confirma la condena de 4 meses de prisión por tentativa de estafa procesal

MADRID, 7 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha considerado que Alberto Cortina y Alberto Alcocer utilizaron una carta "prefabricada" para incriminar a sus socios en Urbanor y conseguir la revisión de su condena por estafarles en la venta de los terrenos donde se sitúan las Torres Kio, según la sentencia dictada el pasado 29 de marzo.

"Lo que está fuera de dudas es que Alberto Cortina y Alberto Alcocer conocían perfectamente (...), que el texto añadido a la firma de Pedro Sentieri no era sino uno montaje prefabricado para, a partir de una firma auténtica, ofrecer una prueba mendaz que permitiera exonerarles de las responsabilidades penales declaradas en el caso Urbanor", concluye el Supremo.

La sentencia, cuyo fallo se conoció el pasado 15 de marzo, confirma la condena a 'los Albertos' de cuatro meses de prisión por tentativa de estafa procesal al desestimar todos los recursos de casación presentados contra la sentencia dictada el 20 de octubre de 2009 por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid.

El Supremo concluye que la tesis de los empresarios es opuesta a los hechos, al pretender demostrar que no se interesaron por la autenticida de un documento por el que estaban "dispuestos a pagar una cantidad cifrada en varios millones de euros" y de la que dependía su "no ingreso en prisión".

Además, el Supremo recuerdan que de haber prosperado el recurso que presentaron con la carta como argumento, 'los Albertos' "habrían conseguido dejar sin efecto la responsabilidad civil impuesta, con el consiguiente perjuicio patrimonial" de sus socios en Urbanor, el arquitecto Pedro Sentieri y el constructor Julio San Martín.

PROTAGONISTAS DEL 'CASO URBANOR'.

La sentencia recuerda que todo esto fue posible por "el conocimiento personal, histórico, obtenido en su condición de protagonistas del 'caso Urbanor'", lo que demuestra que acudieron a la Justicia con "la conciencia de que esos hechos no se correspondían con la realidad".

En 2003, los empresarios entregaron la carta falsa al Tribunal Supremo junto al recurso de revisión de la sentencia de 14 de marzo de 2003 que les condenó a tres años y cuatro meses de cárcel por estafar a sus socios en Urbanor. En 2008, el Tribunal Constitucional anuló esta sentencia por prescripción del delito.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que acogió la anulación del Constitucional, recuerda en el dictamen conocido este jueves que "la sentencia (del TC) otorgó el amparo frente a una resolución condenatoria que rechazó la procedencia de la prescripción" e incide en que esta anulación no "disuelve el conjunto de relaciones jurídico-patrimoniales" que están en el origen del 'caso Urbanor'.

"La extinción de la acción penal para la persecución de un determinado hecho delictivo, no implica la de la acción civil", explica el Supremo, dejando abierta la vía para la reclamación de las correspondientes cantidades por la vía civil.

En la carta, el arquitecto le deba instrucciones al constructor para que ocultar al tribunal que iba a juzgar el 'caso Urbanor' un mes después, que conocía la existencia de precios diferentes en la venta de los terrenos que ocupan las Torres Kio, propiedad de Urbanor.

El tribunal rechaza también los recursos presentados por los otros tres condenados, considerados autores de la carta y responsables de su presentación ante la Justicia, la documentalista Gloria Álvarez y los hermanos José María y Francisco Arnáiz del Barco. Los tres fueron condenados a un año y ocho meses de cárcel por falsedad documental y estafa procesal intentada. Ninguno de los condenados entrará en prisión por carecer de antecedentes penales.