ETA.- (Ampl.) La Audiencia Nacional condena a 30 años de cárcel a Jon Bienzobas por el asesinato de Tomás y Valiente

Actualizado: jueves, 17 mayo 2007 14:11

La condena es inferior a la que pidió el fiscal al no poderse probar su relación con un vehículo que explotó ese día con cuatro heridos

MADRID, 17 May. (EUROPA PRESS) - La Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a 30 años de cárcel al miembro de ETA Jon Bienzobas por el asesinato a tiros, con la agravante de alevosía, del catedrático de Historia del Derecho y ex presidente del Tribunal Constitucional Francisco Tomás y Valiente, que cometió el 14 de febrero de 1996 cuando su víctima se encontraba en su despacho de la Universidad Autónoma de Madrid.

La Sala indemniza a la viuda y cuatro hijos del catedrático con 500.000 euros, a los que hay que sumar otros 400.000 para uno de ellos, Miguel, quien a raíz del crimen desarrolló la enfermedad de Parkinson, derivada del estrés postraumático que sufrido cuya previsión futura, según el tribunal, "es a un continuo empeoramiento que conducirá a una mayor y progresiva incapacidad".

La condena impuesta a Bienzobas es sensiblemente menor a los 72 años y medio de cárcel que que solicitó para él el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, al no haber acreditado la Sala la relación de Bienzobas con la explosión ese mismo día, en la calle Isla de Java de Madrid, de un Ford Orión de color rojo en el que, según la Acusación Pública había huído el terrorista, y que causó cuatro heridos. Tampoco encuentra relación del terrorista con un piso-franco de ETA en la calle Doctor Fleming de la capital donde se encontraron placas de matrícula relacionadas con ese coche.

Un testigo situó a esa hora a Bienzobas en la madrileña Plaza de Neptuno, donde interceptó su vehículo y le obligó a dar vueltas por calles de los alrededores. Pore ello, la Sala absuelve a Bienzobas de los delitos de atentado, incendio terrorista, e utilización ilegítima de vehículo de motor con fines terroristas y cuatro delitos de lesiones de los que le acusaba el fiscal en relación con la explosión del Ford Orión.

El tribunal considera probado que el 14 de febrero de 1996 Bienzobas accedió a la cuarta planta de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid, donde se encontraba el despacho de la víctima, y al encontrarla en su interior le disparó en tres ocasiones a corta distancia. Los disparos penetraron por el oído izquierdo, el mentón y la zona labial derecha de Tomás y Valiente, causándole la muerte. Después, el terrorista huyó, siendo visto por hasta cinco alumos s y profesores que le reconocieron sin ningún género de dudas durante la vista oral.

"SI ME MIRÁIS OS MATO"

En sus fundamentos jurídicos, la sentencia destaca como pruebas de cargo la declaración de cinco testigos que se encontraban en las proximidades del despacho de tomas y Valiente que manifestaron durante el juicio "de forma clara, concurrente y contundente" cómo oyeron tres disparos y, acto seguido, vieron salir del desapcho a un individuo que "sin genero de dudas" identifican como Bienzobas, con una pistola "aún humeante" en la mano, quien al pasar junto a ellos les dijo "si me miráis os mato".

Añade el tribunal que los disparos se efectuaron a corta distancia, y que la víctima trató de protegerse poniéndose las manos delante de la cara. Esta circunstancia permite calificar el crimen de alevoso, porque el ataque fue "sorpresivo, con armas contra una persona inadvertida y desarmada, que como único medio de defensa frente a un arma fue proteger la cara con sus manos".

Insiste en el total desvalimiento porque, tras abandonar su puesto en el Tribunal Constitucional y volver a las taresas docentes, la víctima carecía de protección y además el crimen se produjo en el marco de una institución, como es la Universidad "paradigma de la tolerancia y la razón", lo que constituye un plus de antijuricidad, "por cuanto ataque a los pilares de la convivencia pacífica y democrática en que se sustenta nuestro Estado de Derecho".