ETA.-Condena de entre 4 meses y 7 años de prisión para nueve jóvenes responsables de "kale borroka" entre 1994 y 1997

Actualizado: jueves, 31 mayo 2007 20:09

MADRID, 31 May. (EUROPA PRESS) -

La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado con penas de entre 4 meses y 7 años de cárcel a nueve jóvenes que integraban un grupo responsable de intervenir en 22 acciones de 'kale borroka' entre junio de 1994 y enero de 1997 en el País Vasco y Navarra. El fiscal Vicente González-Mota solicitaba la imposición de penas de hasta 19 años de cárcel.

El presunto responsable de este 'talde' Joseba Mirena Higuera, "El Abuelo", ha sido condenado a tres años de cárcel por delito continuado de daños, tenencia de sustancias explosivas y tenencia ilícita de armas.

"El Abuelo" también había sido acusado de incendio por participar presuntamente en el lanzamiento de 'cócteles molotov' contra un coche de la Policía, por el que dos agentes resultaron heridos, si bien el tribunal no ha hallado pruebas suficientes para condenarle por este hecho concreto.

El fiscal había solicitado para "el Abuelo" un total de 58 años de prisión, si bien esta petición fue sustituida al finalizar el juicio por la de 13 años, al retirar la acusación pública los cargos que mantenía contra él por el delito de colaboración con banda armada.

Los procesados que han sido condenados a penas más graves son Juan Pablo Montoya Galar y Luis Alberto Nicolás Usarraga, que han sido condenados a 7 años de prisión y 90 euros de multa por daños, incendio, un delito y una falta de lesiones.

Le siguen María Aránzazu Rus Gabaldón, condenada a 6 años de cárcel y multa de 90 euros por incendio y lesiones; David Abarzúa Caballero y Carlos Javier Montoya, penados con 1 año de cárcel por un delito de daños; y Carlos Iñigo Blasco, condenado a 1 año de cárcel por un delito de tenencia de sustancias explosivas. Finalmente, Alberto Pío Oyaga y Oscar Estébariz han sido condenados a 6 y a 4 meses de cárcel, respectivamente, por un delito de daños.

Finalmente, el tribunal ha absuelto a Asier Varela, Mikel Angeru Auza y Koldo Mikel Barberría Zarranz del delito de daño por el que tuvieron que sentarse en el banquillo. La sentencia basa sus condenas, principalmente, en las declaraciones de los coimputados, que el tribunal pone en relación con el hallazgo, en el domicilio de "El Abuelo", de multitud de materiales para confeccionar artefactos explosivos, una escopeta, un revólver de perdigones y tacos de madera con punta metálica para confeccionar los denominados 'cohetes-flecha'.

Según los fundamentos jurídicos de la sentencia, los materiales y sustancias halladas en la vivienda de Higuera "no tenían otro fin que la preparación de los cócteles-molotov" que se utilizaron en las diferentes acciones de 'kale borroka' enjuiciadas.

La sentencia individualiza de forma pormenorizada la intervención de cada uno de los procesados en esta causa y concluye que ha quedado patente para el tribunal la existencia de pruebas de cargo obtenidas contra todos ellos sin violar sus derechos constitucionales y sin que se pudiera apreciar, en consecuencia, vulneración alguna de su derecho a la presunción de inocencia, que ha quedado "plenamente desvirtuado por tal prueba incriminatoria".