ETA.- La Fiscalía pide el traslado de De Juana a su domicilio bajo custodia policial permanente para preservar su vida

Actualizado: miércoles, 24 enero 2007 14:49

AVT replica que su estado lo ha provocado el interno como "chantaje procesal" para convertirse en mártir de la izquierda abertzale

MADRID, 24 Ene. (EUROPA PRESS) -

El fiscal de la Audiencia Nacional Fernando Burgos presentó hoy un informe en el que pide la excarcelación del preso de ETA José Ignacio de Juana Chaos y el traslado a su domicilio bajo custodia policial permanente, ya que de esta forma se preserva su vida a la vez que se evita que pueda eludir la acción de la Justicia. Entiende que así lo aconseja el análisis del informe médico remitido el pasado lunes a esta sede judicial por el Hospital Doce de Octubre, donde el terrorista se encuentra ingresado cuando se cumplen 79 días de su segunda huelga de hambre.

En su informe, que fue presentado a las 11.00 horas de hoy ante la Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional, el Ministerio Público justifica su decisión en cumplimiento del articulo 508 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEC), que prevé que los presos preventivos, como es De Juana, puedan ser enviados a su casa cuando su vida corra peligro. La decisión del tribunal al respecto se espera conocer mañana, según informaron fuentes jurídicas.

Según explicó a los medios de comunicación el fiscal Burgos, esta medida se aplica habitualmente a presos preventivos que se encuentran en fase terminal de una enfermedad, como puede ser el sida y el cáncer, y puede ser reversible, es decir, si De Juana mejora y desparece el motivo por el que se aplica el artículo 508, el tribunal podría volver a declarar el ingreso en prisión del terrorista. Esta afirmación no aparece reflejada en el informe que ha entregado a la Sala.

En el escrito remitido al tribunal, además de la "vigilancia exterior que se considere precisa", el fiscal interesa que se autorice "la asistencia médica necesaria par el tratamiento del cuadro clínico que padece, tanto dentro como fuera de su domicilio". Pese a haber sido condenado el pasado mes de noviembre a 12 años y 7 meses de prisión por un delito de amenazas terroristas, De Juana se considera preso preventivo porque esta resolución se encuentra pendiente de ser confirmada por el Tribunal Supremo.

PELIGRO DE UN TERCER CICLO.

En su escrito el representante del Ministerio Público hace un resumen del informe médico del que concluye que "se está en una situación en la que no debe darse lugar a un tercer ciclo de alimentación parentenal ante el alto riesgo de pérdida de la vida del procesado". No obstante, reconoce que, en este momento, su vida "no corre peligro inminente".

Burgos considera que si se le aplica de nuevo a De Juana la alimentación forzosa, teniendo en cuenta su evolución, existe "un alto riesgo de producirse un proceso de deterioro progresivo, no sólo por la ausencia de alimentación voluntaria, sino en relación con el propio proceso ayuno-alimentación no fisiológico y las medidas de contención forzosas que deberán tomarse, que a medio plazo pueden causar la muerte o graves secuelas". Además, no se descarta la posibilidad de "muerte súbita del reo".

Para la Fiscalía, esta situación plantea un conflicto de intereses, entre el mantenimiento y preservación de la vida del procesado, que es responsabilidad del Estado, y el principio de seguridad a que la medida de prisición preventiva responde.

De Juana es preso preventivo desde enero de 2005. La medida se decretó cuando se instruía la causa en la que finalmente fue condenado por dos artículos que publicó en 'Gara', que fueron considerados amenazas terroristas, un procedimento que evitó que fuera excarcelado tras cumplir 18 años de cárcel de los más de 3.000 a los que fue condenado por 25 asesinatos terroristas. En dicho momento, la prisión buscaba aesgurar la presencia del imputado en el proceso, evitar la obstrucción de la investigación y evitar el riesgo de reiteración delictiva.

En este momento se descarta, lógicamente, que De Juana pueda manipular pruebas con respecto a la causa por amenazas, aunque siguen concurriendo los otros dos motivos que justifican su prisión. No obstante, el fiscal considera que "la continuación de la medida de prisión provisional y el consiguiente internamiento en un Centro penitenciario entraña, a tenor de los informes médicos, un grave peligro para la salud del interno", por lo que cabe adoptar otras medidas cautelares menos gravosas, como la prisión atenuada o domiciliaria, mientras se espera la sentencia del Tribunal Supremo.

La única razón que justificaría "legal y constitucionalmente" la presencia de De Juana en prisión, según el fiscal, sería la existencia de un elevado riesgo de fuga y sustracción al proceso penal, un riesgo que "quedaría neutralizado por la medida de prisión atenuada".

En los informes elaborados por el jefe de la Unidad de Nutrición Clínica del Doce de Octubre y por médicos adjuntos de medicina interna de este centro se señala que De Juana recibió alimentación forzosa por sonda nasogástrica durante 12 días a raíz de su ingreso en el centro el 6 de octubre de 2006, durante su primera huelga de hambre, después de permanecer 44 días sin ingesta oral de alimentos de forma voluntaria.

Tras abandonar la huelga de hambre, De Juana volvió a dejar de comer el pasado mes de noviembre, después de conocer que había sido condenado por amenazas, y por segunda vez se procedió a su alimentación parentenal por sonda desde el pasado 11 de diciembre y hasta el 7 de enero, cuando le fue retirada la sonda. En ese momento pesaba 62 kilos, mientras que actualmente apenas llega a los 54.

La otra acusación personada en la causa contra De Juana, en representación de la AVT, se opone a la excarcelación del terrorista al considerar que su precario estado de salud es creado por el propio interno a modo de "chantaje procesal" para convertirse en un "mártir de la izquierda aberzale" que puede ser imitado además por otros presos de la organización terrorista por lo que, de aplicarse alguna medida, debe ser la de alimentación forzosa del reo.