ETA.-El Supremo absuelve a uno de los jefes de Gestora Pro Amnistia porque la Audiencia no motivó su condena

Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 8 octubre 2009 14:46

MADRID 8 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha absuelto a Aitor Ángel Jugo, uno de los tres máximos responsables de Gestoras Pro Amnistía a los que la Audiencia Nacional condenó a 10 años de cárcel en septiembre de 2008, al considerar que el tribunal no motivó suficientemente su resolución, informaron hoy fuentes jurídicas.

Jugo, al que la Audiencia Nacional situó en la jefatura de Gestoras junto a Juan Maria Olano y Julen Zelarain como uno de los tres responsables nacionales de Gestoras, salió de la cárcel de Picassent (Valencia) en la que cumplía condena el pasado lunes, según informaron hoy a Europa Press fuentes penitenciarias.

En la vista celebrada ante el Supremo, que se celebró el pasado día 23 de septiembre, la Fiscalía pidió al tribunal, presidida por el magistrado Juan Saavedra, que "valorara la prueba" que existía en su contra. Según expuso su defensa, la sentencia de instancia, de la que fue ponente la juez Teresa Palacios,*menciona a Jugo en una sola ocasión, en la que le aplica el calificativo de "responsable nacional" sin que se incluya "motivación alguna".

En el resto de casos, la Fiscalía pidió al tribunal que confirme la condena que la Audiencia Nacional dictó en septiembre del año pasado a 21 responsables de la organización Gestoras Pro Amnistía, al considerar probado que sus actividades de apoyo a los presos de la banda "seguían las consignas impuestas por ETA".

El Ministerio Público, que realizó esta petición durante una vista celebrada en el alto tribunal para analizar los recursos de casación presentados por las defensas de los condenados, considera que las penas de entre 8 y 10 años de cárcel por un delito de integración en organización terrorista impuestas por la Audiencia Nacional "no son en absoluto desproporcionadas".

"ALIMENTADA POR ETA"

La Fiscalía cree que los líderes de Gestoras deben ser condenados porque, aunque la organización funcionara de forma "independiente", estaba "dirigida por personas designadas por ETA o que pertenecían a ETA, y alimentada material o intelectualmente por aquellos para la consecución de sus fines". "Podían ser organizaciones separadas pero eran dependientes de ETA", indicó.

Para probar que el movimiento pro-amnistía estaba subordinado a "los designios y las directrices" de la organización terrorista, la fiscal aludió a documentos internos incautados a la banda que detallan la pertenencia de Gestoras primero a ASK (entre 1979 y 1994) y a partir de esa fecha a EKIN y KAS, organizaciones declaradas ilícitas por el Supremo por su integración en ETA.

En este sentido, señaló que la sentencia de la Audiencia Nacional probó documentalmente que la organización juzgada ejercía el control de los presos a través de abogados a los que identificaba internamente con los alias 'Z', 'ZZ' y 'Adidas', señalaba posibles objetivos e impulsaba campañas como la denominada 'Alde Hemendik (Fuera de Aquí)', destinada a lograr la salida del País Vasco de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

En una línea argumental similar se expresó el abogado de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) Emilio Murcia, que ejerció la acusación popular durante el juicio. Según expuso en la vista, las iniciativas desarrolladas por Gestoras Pro Amnistía "complementaban" las acciones violentas que desarrollaba la banda terrorista ETA.

"VINCULACIÓN INDIRECTA"

Por su parte, las defensas sostuvieron que, a diferencia de KAS, EKIN y XAKI, Gestoras mantenía una "vinculación indirecta" con ETA, por lo que sus actividades "no tenían encaje en el mapa" de la banda. "No se puede hablar de finalidad terrorista, en todo caso de asociación ilícita pero no con fines terroristas", defendió la letrada Arantza Zulueta.

De igual modo, la abogada Ainhoa Baglietto defendió que la campaña 'Alde Hemendik' era una dinámica diseñada por Gestoras y no por la banda, por lo que, a su entender, no hay pruebas de que las iniciativas impulsadas en este sentido por el histórico portavoz del movimiento pro-amnistía, Juan María Olano, fueran realizadas "en pro de ETA".

Además de Olano y Jugo, la Audiencia Nacional condenó a la máxima pena de diez años de cárcel a Julen Zelarain, tres menos de los que habían solicitado el fiscal Carlos Bautista y la AVT. El tribunal impuso igualmente ocho años de prisión, dos menos de los solicitados por las acusaciones, a otros 18 condenados, mientras que absolvió a otros seis, entre los que se encuentran tres a los que las acusaciones retiraron sus cargos.

Según la sentencia de la Audiencia Nacional, la misión del movimiento pro-amnistía era "mantener y extender" el concepto de que los reclusos vinculados al terrorismo de ETA son "presos políticos vascos".

Contenido patrocinado