ETA.- El Supremo revisa el martes la absolución de los responsables de una comparsa que exhibió fotos de etarras

Sede del Tribunal Supremo
EP
Actualizado: domingo, 3 abril 2011 13:08

La resolución determinará si exponer fotos de presos de la banda debe considerarse un enaltecimiento del terrorismo

MADRID, 3 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo celebrará el próximo 5 de abril una vista pública para revisar la sentencia dictada el pasado octubre por la Audiencia Nacional que absolvía a los cuatro responsables de la comparsa bilbaína 'Txori Barrote' por mostrar en sus txoznas imágenes de etarras encarcelados.

La Audiencia les absolvió al entender que los actos que organizaron durante las fiestas del 'Aste Nagustia' de 2008 no pretendían "menospreciar o vilipendiar a las víctimas" ni justificar sus acciones terroristas, sino reivindicar su acercamiento a las cárceles próximas al domicilio familiar".

Tras la resolución acordada por la Sección Tercera de lo Penal, la Fiscalía anunció su intención de recurrir en casación ante el Supremo al entender que los actos por los que fueron juzgados - y por los que se pidió para ellos 18 meses de prisión- supusieron un claro enaltecimiento del terrorismo. El ponente de la sentencia que dictará la Sala de lo Penal del alto tribunal será el magistrado José Antonio Martín Pallín.

Según el Ministerio Público, "la presunta intención de reclamar el regreso de los presos no excluye la finalidad de reconocer públicamente a los terroristas cuyas fotos se exhibieron ante cientos de personas".

La exhibición de fotografías de etarras fue denunciada por el presidente de la Asociación Dignidad y Justicia, Daniel Portero, que descubrió que entre las fotografías expuestas en la txozna se encontraba la de los asesinos de su padre, el ex fiscal jefe de Andalucía Luis Portero.

La asociación exhibió imágenes de 95 presos etarras --entre los que se encontraban Harriet Iragi Gurrutxaga e Igor Solana, asesinos de Portero-- en la 'txosna' que regentó durante las fiestas del 'Aste Nagustia' de 2008.

La resolución de la Audiencia Nacional, de la que fue ponente la magistrada Clara Bayarri, exoneraba de responsabilidad penal a la presidenta de la 'Txori Barrote Kultur Elkartea', Gurutze Olagorta Arana; la secretaria de la asociación, Aitziber Urrengortxea Perillan; el tesorero, Borja Irizar Belandia; y el representante legal, Alexander Zuluaga Arana, al no "constar acreditada la existencia del dolo específico" que exige este delito.

"HERIR LA SENSIBILIDAD PÚBLICA"

La sentencia de la Audiencia Nacional sostenía que, aunque este planteamiento podía "herir la sensibilidad" de las víctimas e "incluso la sensibilidad pública", la exhibición de los rostros de terroristas no constituía "delito de enaltecimiento del terrorismo" porque la asociación únicamente pretendía reivindicar "su acercamiento al País Vasco o que no se les aplique la 'doctrina Parot'". A ello añadía que todos los miembros de la comparsa eran "personas allegadas" a los presos, familiares y amigos.

La Sala, también integrada por los jueces Alfonso Guevara (presidente) y Guillermo Ruiz Polanco, mantuvo que la caseta "no estaba rodeada de logotipos de Askatasuna ni de Gestoras Pro Amnistía, sino de símbolos tradicionalmente relacionados con la izquierda abertzale, aún cuando algunos de ellos hayan podido ser, en mayor o menor grado, utilizados por algunas asociaciones ilegales". "No existía en toda la caseta mención alguna a ETA ni aparecía símbolo o logotipo alguno relacionado con tal banda terrorista", agregó la sentencia.

A este respecto, los magistrados defendieron que el logotipo de Amnistía que figuraba en la instalación fue creado por el artista Eduardo Chillida en 1976 y que la palabra 'Askatasuna' (Libertad en euskera) "tampoco es patrimonio de asociación alguna ni su utilización en los mensajes de la decoración de la caseta ferial determina ni concluye la relación de esta cuadrilla con ninguna organización ilegalizada o ilegal".

De igual forma, argumentaron los magistrados de la Audiencia Nacional que el Arrano Beltza (el águila negra sobre fondo amarillo) que ondeaba en la caseta está "históricamente asimilado a los reyes de Navarra" y es "un símbolo utilizado por sectores de ideología nacionalista que lo emplean como símbolo reivindicativo de la unidad política y territorial de Euskal Herria".

UTILIZACIÓN FRÍVOLA DEL LENGUAJE

A pesar de todo, la Audiencia Nacional señaló que en la página web de la comparsa se utilizaban términos como "presos políticos" o "represaliados vascos", lo que constituyó, a su juicio, "una utilización frívola, inconsciente y acrítica de una reinvención del lenguaje que sí viene apreciándose por nuestro Tribunal Supremo como un símbolo de la dinámica terrorista". Sin embargo, en opinión de los jueces, ello no supuso una muestra de "afinidad, apoyo ni reivindicación alguna" de los actos de la banda terrorista ETA.

Durante el juicio, que quedó visto para sentencia el pasado 9 de septiembre, el abogado del tesorero de 'Txori Barrote', Borja Irizar, recomendó al denunciante, el presidente de la asociación Dignidad y Justicia (DyJ), Daniel Portero, que "intente olvidar" y aseguró que parece que "disfruta" interponiendo querellas.