Un etarra admite seguir en ETA para no ser condenado por colaboración

El Etarra Iñigo Ripoll Estarta
Foto: POOL
Actualizado: viernes, 24 febrero 2012 15:58

Ripoll, condenado a 7 años por integración en Francia, se enfrenta a otros 10 por alojar a dos etarras que murieron en Bilbao en 2002

   MADRID, 24 Feb. (EUROPA PRESS) -

   El etarra Íñigo Ripoll Estarta ha admitido en la Audiencia Nacional la "continuidad" de su militancia en la banda terrorista ETA entre 2002 y 2006 al objeto de evitar una nueva condena por alojar a Hodei Galarraga y Egoitz Gurrutxaga, que fallecieron en septiembre de 2002 cuando les estalló un artefacto explosivo que transportaban por el centro de Bilbao.

   La fiscal Carmen Monfort ha solicitado que el acusado, que se ha negado a contestar a sus preguntas, sea condenado a diez años por colaborar con los etarras, miembros del 'comando Olaia', y otros ocho por depósito de explosivos, ya que en la vivienda se encontró un arcón en el que habían ocultado un kilo de dinamita, 17 detonadores y 7 temporizadores.

   Ripoll Estarta, que fue condenado en 2010 en Francia a siete años de cárcel por asociación de malhechores, ha dicho que se integró en ETA tras "una cita orgánica" que tuvo lugar en la Semana Santa de 2002 y que llevó a cabo tareas logísticas para la organización hasta que fue detenido el 28 de enero de 2006, entre las localidades de Castres y Lavaur. "He tenido una militancia continuada", ha asegurado en su última palabra.

CONSERJE EN UN COLEGIO DE JESUITAS

   Entre las tareas que realizó el acusado para la banda, que compaginaba con "el trabajo de conserje en un colegio de jesuitas", estuvo la de alquilar un piso en la calle Licenciado López Pozas de Bilbao en el que alojó a los miembros del 'comando', que, según ha dicho, acudían allí "esporádicamente". Además, les compró "mapas y comida".

   Sin embargo, ha asegurado que nunca dio "permiso" a Galarraga y Gurrutxaga para que dejaran explosivos en la vivienda, que no tenía constancia de su existencia y que el baúl en el que fueron hallados estaba en una habitación de la vivienda que él "no utilizaba" y en la que sólo entraban los miembros del 'comando'. "Nunca vi explosivos ni oí hablar de ellos", ha asegurado.

   También ha dicho a preguntas de su abogado, Íñigo Iruin, que tras el fallecimiento de los miembros del 'comando' pasó "a la clandestinidad" en Francia y siguió "militando" en la organización terrorista, donde realizó labores logísticas, como el alquiler de un apartamento y un garaje.

"LOS ETARRAS NO HACÍAN CRUCIGRAMAS"

   La fiscal ha solicitado a la Sección Segunda de la Sala de lo Penal que condene al acusado alegando que en su declaración indagatoria ante el juez que instruyó el procedimiento admitió que antes de huir a Francia "colaboraba" con ETA y que se integró en la banda tras cruzar la frontera. "No sabemos dónde está entre 2002 y 2005. Existe un espacio temporal en el que no se acredita la continuidad delictiva", ha defendido Monfort.

   En relación con los explosivos, ha sostenido que el apartamento de Bilbao en el que vivía sólo tenía 60 metros cuadrados y que es "muy difícil poder pensar que no supiera lo que había en su propia casa". "Los etarras no iban allí ha jugar o a hacer los crucigramas del diario 'Gara' ni a escribir manuscritos", ha recalcado.

   Iruin, por su parte, ha solicitado la aplicación de la excepción de "cosa juzgada", al haber sido condenado en Francia por un delito equivalente al de integración en organización terrorista, y ha mantenido que el Ministerio Público no ha podido acreditar "una interrupción en su actividad" que justifique la existencia de dos delitos diferentes. En este sentido, ha considerado "absurdo, ilógico y paradójico" que la condena por integración fuera de siete años y la de colaboración pudiera alcanzar los diez, según la petición fiscal.

   De igual modo, ha calificado de "mera especulación" que el acusado tuviera "conocimiento" de la existencia de los explosivos o que estos estuvieran a su "disposición" ya que, según ha argumentado, no existe ninguna prueba en la causa que acredite su relación con este material o el momento en el que fue introducido en la vivienda.