Los extrajeros con derecho a voto sólo podrán estar en mesas electorales dónde únicamente haya comicios locales

Actualizado: martes, 24 abril 2007 20:13

MADRID, 24 Abr. (EUROPA PRESS) -

Los extranjeros con derecho a voto en las elecciones locales del próximo 27 de mayo es decir, los nacionales de países de la Unión Europea y Noruega que hayan expresado su voluntad de acudir a las urnas y consten en el censo electoral, sólo podrán formar parte de una mesa electoral en las circunscripciones en las que únicamente haya convocados comicios municipales, como es el caso de Galicia, Andalucía y Cataluña.

Así lo establece la Junta Electoral Central (JEC) ante las dudas planteadas por distintas juntas electorales provinciales en una resolución dictada en el marco de la reunión que el organismo arbitral mantuvo ayer en el Congreso de los Diputados.

En su acuerdo, al que tuvo acceso Europa Press, la JEC recuerda que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) determina que cuando concurren varias elecciones, la mesa electoral será común para todas ellas y que sus miembros serán designados por sorteo público entre todos los censados en la sección correspondiente.

Según la misma norma, los nacionales de la Unión Europea y de Noruega que residan en España, hayan manifestado su intención de votar y consten en el censo electoral, tienen derecho a participar en las elecciones locales, pero no en las autonómicas ni en otras de carácter supramunicipal como las de los cabildos insulares canarios, los consejos insulares de Baleares, los territorios históricos vascos, los concejos navarros y el Consejo General del Valle de Arán.

Ante la coincidencia de comicios locales y autonómicos en la mayoría del territorio nacional, el organismo arbitral aclara que "sólo en aquellas circunscripciones en las que únicamente se celebren elecciones municipales, los ciudadanos extranjeros residentes en España que tengan la condición de electores y estén inscritos en el censo electoral podrán formar parte de las mesas electorales".