La Fiscalía informa en contra de la admisión de la querella de Villar Mir contra el juez de Lezo

"No habido interceptación ilegal de comunicaciones, retraso malicioso, falsedad, o infidelidad en la custodia", señala.

Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 29 noviembre 2018 13:23

MADRID, 29 (EUROPA PRESS)

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha emitido un informe contrario a la admisión de la querella que la defensa del empresario Juan Miguel Villar Mir presentó a finales del pasado mes de septiembre contra el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón, que instruye las actuaciones en relación a la trama 'Lezo', por grabar conversaciones entre los abogados y su cliente e incorporar el contenido de las mismas al sumario. La decisión final corresponde ahora a la Sala de lo Penal.

Los letrados que recabaron en julio el respaldo del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) por este asunto, acusan al magistrado de haber cometido delitos prevaricación judicial, interceptación ilegal de las comunicaciones, retardo malicioso de la Administración de Justicia y falsedad e infidelidad en la custodia de documentos. El Ministerio Público, sin embargo, no ve material suficiente para abrir una investigación.

Según la querella la cuestión radica en las diligencias ordenadas por el magistrado en la pieza número 3 del sumario del caso Lezo. García Castellón, a propuesta de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO), autorizó la intervención de una serie de líneas telefónicas entre las que estaban las de los abogados y sus clientes en busca de alguna autoincriminación involuntaria.

Para los querellantes, era una "certeza casi absoluta" que con las escuchas se acabarían recogiendo conversaciones entre abogado y cliente y mucho menos probable que apareciera esa autoincriminación, ya que los delitos que se estaban investigando se habrían producido una década antes y pese a ello, el magistrado no adoptó ninguna cautela. Dicen que sabía, además, que uno de ellos era abogado en la causa y aún así, mantuvo las escuchas y las extendió a otros investigados.

NO SE PUEDE DAR COPIA DE GRABACIONES DESTRUIDAS

Para la fiscal Pilar Fernández Valcarce, que firma el informe de 13 páginas sobre este asunto al que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado cumplió con lo que dice la Ley de Enjuiciaiento Criminal (LECRIM) respecto a la confidencialidad entre comunicaciones de Letrado-cliente, y por ello obró adecuadamente al destruir determinadas grabaciones realizadas durante la investigación, que aún sigue en curso.

"Es evidente que el destino de las grabaciones y transcripciones no puede ser otro que su destrucción, por estar así previsto en el artículo 118. 4. de la Ley de Enjuiciamiento Criminal", dice el fiscal, una destrucción que es además "incompatible con entrega de copia alguna, sólo previsto para el supuesto de correspondencia, que se entregará al destinatario".

Incide igualmente el fiscal en que las grabaciones a las que se refieren los querellantes estaban en el sistema SITEL, "nunca en el juzgado, porque al juzgado se remiten transcripciones que luego son cotejadas bajo la fe del Letrado de la Administración de Justicia".

Añade que en este sistema el contenido de las conversaciones y datos asociados queda íntegramente grabado en el servidor Central del SITEL, "y no es posible su borrado sin autorización judicial específica, sin que sea posible su alteración porque queda registrado en el sistema cualquier intento de manipulación y ello de forma endeleble".

Por ello, concluye que que las actuaciones que detalla en la querella reiterando el volcado a los discos aportados, demuestran que las grabaciones nunca estuvieron en el Juzgado Instructor, sino en manos de la UCO de la Guardia Civil. "Resulta, así, que ni existen indicios de prevaricación, ni ha habido interceptación ilegal de comunicaciones, retraso malicioso, falsedad, o infidelidad en la custodia de documentos".

LA UCO AVISÓ DE QUE HABÍA ABOGADOS Y CLIENTES

La querella se detiene en el día 9 de enero de 2018, cuando la la UCO advirtió expresamente al magistrado de que había escuchado, grabado y analizado las conversaciones entre una persona investigada y su abogado y el Magistrado no ordenó el inmediato cese de la actuación y la eliminación de la información obtenida, sino que recibió en el juzgado un oficio aparte con las transcripciones.

De estas transcripciones salió, según los querellantes, el problema con el certificado médico que Villar Mir presentó para aducir problemas de salud y evitar comparecer en la Audiencia Nacional cuando estaba previsto. El facultativo acabó siendo llamado a declarar en los Juzgados de Plaza de Castilla, donde ahora se investiga si incurrió en una falsedad.

La querella insiste en que García Castellón no dictó ninguna resolución que "específicamente habilitara a la UCO para grabar las conversaciones entre el señor Villar Mir y su abogado en relación a la entrega del certificado médico" y alega además, que si el magistrado hubiera sospechado en su momento que había alguna irregularidad en la conducta del médico, habría mandado a un forense para reconocer al imputado en lugar de aceptar que se pospusiera la comparecencia.

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