Garzón.- El TS pide al fiscal que informe sobre la recusación de 5 magistrados que deben juzgar al juez por la memoria

El Juez Baltasar Garzón Atiende A Los Periodistas
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 26 mayo 2011 19:39

MADRID, 26 May. (EUROPA PRESS) -

La Sala del 61 del Tribunal Supremo, que es la competente para estudiar recusaciones contra magistrados de este órgano, ha comenzado a tramitar las presentadas por el juez Baltasar Garzón contra cinco de los magistrados que componen el tribunal que tiene que juzgarle por investigar presuntamente sin competencia los crímenes franquistas. La petición fue formulada el pasado 17 de diciembre por la defensa de Garzón.

En una providencia dada a conocer este jueves, la Sala del 61 da traslado de las actuaciones a la Fiscalía para que en el plazo de tres días informe sobre la recusación formulada, según lo dispuesto en el articulo 225.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Los recusados son el propio presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Juan Saavedra Ruiz, y los magistrados Adolfo Prego, Joaquín Giménez García, Francisco Monterde y Juan Ramón Berdugo. Garzón considera que su intervención en varios momentos de la instrucción de la causa los inhabilita para juzgarle con la suficiente imparcialidad.

Según el escrito presentado en diciembre ante el alto tribunal por el defensor de Garzón en este procedimiento, Gonzalo Martínez-Fresneda, la recusación se basa en el principio general de que quien participa en la instrucción de la causa está inhabilitado para juzgar ese mismo asunto.

Así lo prevé la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) en el número 11 del art. 219 y así lo ha reconocido de forma reiterada la doctrina más sólida, y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y Tribunal Europeo de Derechos Humanos, según se detalla en el escrito, que suma más de cuarenta folios.

Los cinco magistrados recusados intervinieron en la instrucción de la causa contra Garzón por el asunto de la memoria histórica admitiendo a trámite la primera querella contra el juez; realizando diligencias previas de instrucción antes de decidir la admisión a trámite de la misma; firmando resoluciones denegando de plano la personación de las víctimas de los crímenes franquistas y negándose a resolver sus diversas peticiones, entre otras actuaciones, según acredita la defensa del juez suspendido de la Audiencia Nacional.

El escrito subraya que, además, los magistrados recusados confirmaron el archivo de la instrucción y la prosecución de la causa contra Garzón, en contra de la reiterada opinión del Ministerio Fiscal, que solicitó el sobreseimiento hasta en siete ocasiones.

SUGERENCIA A LOS FRANQUISTAS

Añade que los ahora recusados incluso sugirieron "a los familiares de los presuntos responsables franquistas que acudieran ante los tribunales para defender su prestigio, presuntamente denigrado por las resoluciones dictadas por Garzón".

Además, Martínez-Fresneda insiste en su escrito en que los magistrados recusados han defendido una interpretación de la ley procesal determinada para intentar salvaguardar su propia competencia, "mostrando con ello un interés indirecto en ser ellos mismos quienes formen parte del tribunal que juzgue al juez Garzón, tras haber sido los que han admitido las querellas y controlado la instrucción, que ha supuesto la suspensión del juez".

Ello añade un motivo complementario de recusación, residenciado en el número 10 del art. 219 de la (LOPJ), como es tener interés directo o indirecto en el pleito o causa, añade el escrito.