Gürtel.- El TSJCV da 15 días a Fiscalía y al PSPV para recurrir ante el TS el sobreseimiento de la causa valenciana

Actualizado: viernes, 18 septiembre 2009 15:44

VALENCIA, 18 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha dado un plazo de 15 días al ministerio fiscal y al PSPV para presentar su recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra el auto que acordaba el sobreseimiento libre de la causa por supuesto delito de cohecho contra el presidente de la Generalitat, Francisco Camps, y otros tres imputados, según informó en un comunicado el TSJ.

La sala, en una providencia, emplaza tanto a Fiscalía Anticorrupción como al PSPV --que actuaba de acusación popular--, para que se personen en un plazo de 15 días hábiles ante la Sala Segunda del TS y formalicen sus recursos de casación anunciados contra el auto dictado el pasado 1 de agosto.

Este auto, dictado por la sala valenciana, acordaba el sobreseimiento del procedimiento abierto contra Camps, el portavoz del PP en las Corts y secretario general del PPCV, Ricardo Costa; el ex vicepresidente y ex conseller, Víctor Campos, y el ex jefe de gabinete de la Conselleria de Turismo y actual responsable de Protocolo de la Diputación de Valencia, Rafael Betoret, al considerar que los hechos investigados en relación con el 'caso Gürtel' no son constitutivos de delito.

Frente a esta resolución, tanto la Fiscalía como el PSPV anunciaron que presentarían recursos de casación ante el Supremo. En concreto, el ministerio público anunció su intención de recurrirlo al estimar que los argumentos empleados en el auto son contrarios a derecho y a la propia jurisprudencia de la Sala Segundo del TS, además de considerarlos improcedentes jurídicamente.

Así, indicó que su recurso se basará en dos vías casacionales: por una parte, infracción de ley, de acuerdo con el artículo 849.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y vulneración de precepto constitucional, recogido en el artículo 24 de la Constitución Española.

Por su parte, el PSPV fundamentará su recurso en que el auto de la sala supone una infracción de ley al realizar una interpretación distinta del artículo 426 del Código Penal, que tipifica el cohecho impropio, y que señala que la autoridad o funcionario público que admitiere dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su función o para la consecución de un acto no prohibido legalmente, incurrirá en la pena de multa de tres a seis meses.

Además, la formación socialista se referirá a una vulneración de los artículos 9.3 de la Constitución, que prohíbe la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, y el 24, porque consideran que se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva y a un procedimiento judicial con todas las garantías, lo que les ha provocado indefensión.