JpD ve "preocupante" que Lesmes no distinga entre sus creencias religiosas y la neutralidad de su función frente al CGPJ

Considera "poco respetuoso" que el Gobierno designe al máximo representante del Poder Judicial para un acto religioso

Europa Press Nacional
Actualizado: miércoles, 26 febrero 2014 12:46

MADRID, 26 Feb. (EUROPA PRESS) -

La asociación de Jueces para la Democracia (JpD) ha criticado la designación del presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, como delegado en una ceremonia ante el Papa Francisco y ha visto "especialmente preocupante" que éste "no distinga entre sus convicciones religiosas personales y la necesaria neutralidad en el ejercicio de sus funciones públicas".

La asociación de jueces y magistrados considera "poco respetuoso" para la división de poderes y la aconfesionalidad del Estado establecida en la Constitución que el Gobierno designe como delegado en una ceremonia ante el Consistorio Cardenalicio al máximo representante del Poder Judicial. "La participación en un evento religioso del presidente del órgano de gobierno judicial es contraria a la aconfesionalidad del estado que está prevista constitucionalmente", ha señalado.

Jueces para la Democracia ha advertido en un comunicado de que estas confusiones entre la actividad pública y las funciones religiosas se vienen reiterando de forma preocupante, como demuestra la medalla de oro al mérito policial otorgada por el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, a la Virgen María Santísima del Amor.

"Todo ello supone una quiebra de la neutralidad estatal en materia religiosa", ha remarcado, para agregar que estas actitudes proyectan la perspectiva de que la Iglesia Católica es la religión oficial del Estado Español. "Se trata de gestos que evocan tiempos predemocráticos, en los que existía una religión oficial y una plena confusión entre el plano institucional público y el religioso", ha agregado.

Así las cosas, la asociación judicial ha defendido que los poderes públicos no pueden trasladar sus creencias religiosas al ámbito institucional y deben cumplir con el principio de aconfesionalidad sin otorgar de favor a ninguna religión.

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