MADRID 29 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía no va a recurrir en súplica la decisión del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de mantener la prisión provisional del miembro de ETA José Ignacio De Juana Chaos, que hoy cumple 84 días de huelga de hambre en el Hospital Doce de Octubre de Madrid, informaron fuentes fiscales.
El Ministerio Público aduce que la posible modificación la situación penitenciaria del terrorista no fue una iniciativa de este departamento, que se limitó a informar acerca de una petición realizada por la Sección Primera de lo Penal, que fue la que condenó a De Juana a 12 años y 7 meses de prisión por amenazas terroristas, y es la que entiende de los incidentes de ejecución de la sentencia.
La Fiscalía había solicitado la excarcelación del etarra y el traslado a su domicilio bajo vigilancia policial y médica, en atención a su condición de preso provisional (su condena ha sido recurrida ante el Tribunal Supremo) y al contenido los informes del centro médico, que señalan la posibilidad del fallecimiento de De Juana a medio plazo si persiste en su actitud de no probar alimentos.
La decisión de la Sala fue coincidente con lo solicitado por la acusación que ejerce la Asociación Víctimas del Terrorismo, que pidió el mantenimiento de la situación de prisión de De Juana hasta que cumpla la mitad de la pena, junto con la alimentación forzosa del reo. La Defensa de De Juana había pedido su excarcelación por razones humanitarias.
A la Fiscalía no le consta que la defensa de De Juana haya solicitado un permiso para que el etarra acuda a los funerales de su madre, que falleció el pasado sábado, según las mismas fuentes.
De los dos informes médicos analizados el pasado jueves -el emitido el pasado viernes por el Doce de Octubre y otro dos días anterior de los forenses de la Audiencia Nacional-, la Sala dedujo que la vida de De Juana corre grave peligro de no proceder a su alimentación enteral por sonda nasogástrica.
Por ello, el tribunal ordenó alimentarle de forma forzosa "en la forma que determinen los médicos". Adujo el tribunal que toda actuación médica, tal y como advierten los propios facultativos del Doce de Octubre, "conlleva peligros, pero lo peor es, desde luego, la inactividad, no hacer nada por cuanto la consecuencia fatal es evidente: el óbito del preso", según señalaba en su resolución.