La juez rechaza la petición del PSOE de archivar una demanda por incumplir una promesa electoral

Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 30 marzo 2006 20:02

MADRID 30 Mar. (EUROPA PRESS) -

La juez de Primera Instancia número 49 de Madrid, Amelia Reillo, ha rechazado la petición del PSOE consistente en que se archivase o fuese tramitada por otro juzgado una demanda interpuesta contra el partido por el abogado murciano José Luis Manzón, que les acusaba de un delito de publicidad engañosa por supuesto incumplimiento de promesa electoral.

Así lo ha decidido la magistrada en un auto al que ha tenido acceso Europa Press, en el que desestima la declinatoria de jurisdicción interpuesta por el PSOE, quien consideraba que el juzgado no tenía competencia para conocer sobre estas materias.

Además, en el auto la juez insta al partido a contestar antes del próximo 17 de abril a la demanda, que fue admitida a trámite el pasado 24 de enero. Además, considera que la demanda no debe ser abordada por la jurisdicción mercantil, pues ninguna de las partes intervinientes en la causa son sociedades mercantiles o cooperativas.

Según el escrito del PSOE, el delito de publicidad engañosa, del que le acusa el abogado murciano, no puede aplicarse a un partido político, puesto que éste no puede ser considerado anunciante con las condiciones previstas en la ley general de Publicidad.

Asimismo, el escrito del PSOE argumentaba que es un partido político "que no realiza actividad comercial, industrial, artesanal o profesional alguna", ni "promueve de forma directa o indirecta la contratación de bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos y obligaciones". Por ello, prosigue el escrito socialista, "un partido político no puede ser considerado a estos efectos anunciante", y por tanto el Juzgado que admitió la demanda debería haberla rechazado.

PROMESA ELECTORAL

La demanda contra el PSOE se refiere al proyecto de reforma de la ley del Tribunal Constitucional que establece un nuevo régimen de inviolabilidad de los magistrados de esta institución. El abogado Mazón, que estaba detrás del caso que desencadenó el último enfrentamiento entre los tribunales Supremo y Constitucional, exigía que el PSOE fuese condenado por publicidad engañosa al haber incumplido el programa electoral de 2004, "donde prometía incidir de modo especial en la exigencia de responsabilidad de los jueces".

El letrado, representado por la abogada Encarnación Martínez Segado, se basa en la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en trámite por el Congreso de los Diputados y en la que "se consagra la irresponsabilidad de los magistrados del Tribunal Constitucional, en contra de lo prometido en 2004 por el PSOE".

El demandante basa su reclamación en la Ley de la Publicidad, que considera también aplicable al mercado electoral de los partidos políticos y pide que se declare judicialmente que la promesa electoral de potenciar la responsabilidad de los jueces y magistrados hecha por el PSOE en su programa 2004 "ha resultado ser engañosa y, por tanto, publicidad ilícita, retirándola del programa y con obligación de publicar la sentencia en dos periódicos de ámbito nacional".

Mazón no pide que se condene al PSOE a cumplir lo prometido, sino a reconocer que ha incurrido en "publicidad engañosa". A juicio del letrado demandante, este partido debe asumir las consecuencias de "toda empresa que engaña con las cualidades de sus productos (la retirada de la publicidad)".

El abogado sostiene que si la demanda prosperase y se consiguiese que la Ley de la Publicidad se aplicase también a grandes usuarios de la publicidad como son los partidos políticos, redundaría en "mayor seriedad y veracidad en los programas electorales". Según él, los partidos pueden recibir condenas judiciales por publicidad ilícita o engañosa si incumplen luego sus promesas.

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