Un juzgado de Madrid admite a trámite una demanda contra el PSOE por incumplimiento de promesa electoral

Actualizado: lunes, 30 enero 2006 19:49

MADRID, 30 Ene. (EUROPA PRESS) -

El juzgado de Primera Instancia número 42 de Madrid ha admitido a trámite una demanda del abogado murciano José Luis Mazón contra el PSOE por el proyecto de reforma de la ley del Tribunal Constitucional que establece un nuevo régimen de inviolabilidad de los magistrados de esta institución. La titular del citado juzgado, Amelia Reillo Alvarez, ha dado un plazo de 20 días al Partido Socialista para contestar a la demanda.

El abogado Mazón, que estaba detrás del caso que desencadenó el último enfrentamiento entre los tribunales Supremo y Constitucional, exige que el PSOE sea condenado por publicidad engañosa al haber incumplido el programa electoral de 2004, "donde prometía incidir de modo especial en la exigencia de responsabilidad de los jueces".

El letrado, representado por la abogada Encarnación Martínez Segado, se basa en la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en trámite por el Congreso de los Diputados y en la que "se consagra la irresponsabilidad de los magistrados del Tribunal Constitucional, en contra de lo prometido en 2004 por el PSOE".

El demandante basa su reclamación en la Ley de la Publicidad, que considera también aplicable al mercado electoral de los partidos políticos y pide que se declare judicialmente que la promesa electoral de potenciar la responsabilidad de los jueces y magistrados hecha por el PSOE en su programa 2004 "ha resultado ser engañosa y, por tanto, publicidad ilícita, retirándola del programa y con obligación de publicar la sentencia en dos periódicos de ámbito nacional".

Mazón no pide que se condene al PSOE a cumplir lo prometido, sino a reconocer que ha incurrido en "publicidad engañosa". A juicio del letrado demandante, este partido debe asumir las consecuencias de "toda empresa que engaña con las cualidades de sus productos (la retirada de la publicidad)".

La demanda sostiene que el PSOE es un vendedor de un producto administrativo y debe de estar sujeto a la publicidad y sus normas, porque gasta ingentes cantidades en publicidad y el votante y el ciudadanos merece el mismo respeto de veracidad y lealtad que el destinatario de publicidad de otros servicios".

El abogado sostiene que si la demanda prospera y se consigue que la Ley de la Publicidad se aplique también a grandes usuarios de la publicidad como son los partidos políticos, redundará en "mayor seriedad y veracidad en los programas electorales". Entiende que los partidos pueden recibir condenas judiciales por publicidad ilícita o engañosa si incumplen luego sus promesas.

El letrado considera que el proyecto de reforma de la Ley del TC, aprobado por el Consejo de Ministros el 26 de agosto de 2005, "consagra la inmunidad o inviolabilidad de los magistrados el TC, salvándoles de todo tipo de responsabilidad, civil o penal, por actos ejecutados en sus cargos". A su juicio, eso les permitiría "cometer delitos de prevaricación sin posibilidad de ser perseguidos, a diferencia de los restantes jueces y magistrados".

EL CGPJ, EN CONTRA DE LA LEY

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó el pasado mes de octubre por 11 votos a 7 un informe que tacha de inconstitucional la inviolabilidad de los magistrados del Tribunal Constitucional prevista en la reforma legal del alto tribunal promovida por el Gobierno. El CGPJ cree que vulnera el derecho a la igualdad ante la Ley y el de tutela judicial efectiva.

La demanda de Mazón es por incumplimiento de promesa electoral, un asunto sobre el que recientemente se ha pronunciado el Tribunal Supremo. En un auto hecho público el pasado mes de octubre, el alto tribunal rechazó una demanda de la plataforma "No a la Muralla del AVE per L'Horta" de Valencia dirigida contra el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, como representante legal del PSOE, por incumplimiento de promesa electoral respecto al soterramiento de las vías del AVE Madrid-Valencia a su paso por la comarca valenciana de l'Horta.

El Supremo subrayó que las promesas electorales "no están sujetas al Derecho civil o administrativo", y añade que el control jurisdiccional de los "márgenes de libertad que exige la acción política supondría una grave politización de la justicia". Sería, además, "una invasión de un poder por otro, que vulneraría el principio de separación de poderes".

El abogado José Luis Mazón provocó la condena de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo a once magistrados del Tribunal Constitucional (TC), entre ellos su ex presidente Manuel Jiménez de Parga, a indemnizar con 5.500 euros (500 euros cada uno) a este letrado por archivar un recurso de amparo presentado por Mazón sin estudiarlo.