Un juzgado de Santander respalda despidos de militantes del PRC en Cantur porque los nombramientos son "de ida y vuelta"

Actualizado: viernes, 17 febrero 2012 19:10

Esgrime la reforma laboral para justificar los despidos por causas económicas en el sector público

SANTANDER, 17 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Social número 8 de Santander ha respaldado los despidos de dos militantes del PRC en la sociedad regional Cantur tras el cambio de Gobierno en Cantabria porque en las empresas públicas los nombramientos políticos son "de ida y vuelta".

Es una tesis que el magistrado Pablo Rueda extiende al resto de empresas públicas, donde no se pueden asumir criterios "estrictamente empresariales" por su "dependencia" de los partidos políticos que gobiernen en cada momento.

Se expresa así en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que rechaza las peticiones del coordinador del Museo Marítimo, Bernado Colsa; y la jefa de Recursos Humanos de Cantur, Ana Abarca, de que se declararan improcedentes sus despidos, ejecutados tras el cambio de Gobierno que supuso en Cantabria la mayoría absoluta del PP en las elecciones de mayo.

El magistrado entiende que los despidos no tuvieron su razón de ser en las ideas políticas de estos empleados, ya que para eso hubiera sido necesario que sus puestos los hubieran cubierto militantes del PP, y en lugar de hacerse, se suprimieron, dentro de lo que se valora como un "esfuerzo" para mejorar la situación económica de esta empresa pública centrada en la promoción turística.

Porque el juez también se refiera a una "calamitosa" situación económicas a la que llevó una "vorágine contratadora" y la "sorprendente" ayuda económica al Racing de Santander.

Para el juez, en cuanto entre en vigor la nueva reforma laboral, ya no habrá "polémica" sobre si en una empresa pública deben regir exclusivamente criterios económicos o públicos, porque entonces podrá remitirse a las insuficiencias presupuestarias para adoptar estas decisiones.

"DESDE TIEMPO INMEMORIAL"

El Juzgado de lo Social considera "cierto y evidente" que los demandantes, contratados durante las dos últimas legislaturas y despedidos en septiembre, eran afiliados del PRC, relata un juez que confiesa que "no es conocedor de los entresijos de la política municipal o autonómica de Cantabria".

En el fallo se admite como "indicio racional y material" que la causa de los despidos fuera su filiación a este partido, pero luego se rechaza la tesis, porque no quedó "acreditado" que los trabajadores con cargos de relevancia en Cantur que permanecen en plantilla actualmente son del PP o no sean del PRC, y los puestos no fueron cubiertos por afiliados al PP u otro partido.

En cualquier caso, la sentencia razona poco después que si se comprobara que Cantur hubiera promovido luego a trabajadores afiliados al PP, esto tampoco tendrá "especial relevancia jurídica".

"DE IDA Y VUELTA"

Con todo, el magistrado asume que las políticas de nombramientos de altos cargos o directivos en las empresas públicas no están "sometidas" a criterios "estrictamente empresariales", "precisamente", por su carácter público, que hace que sean "dependientes" de los partidos políticos que gobiernen en cada momento.

"Cada equipo de Gobierno suele designar para estos puestos a personal simpatizante o afiliado al partido político gobernante. Así viene sucediendo desde tiempo casi inmemorial", afirma Pablo Rueda.

El magistrado añade a este argumento que esta política de nombramientos o contrataciones es "de ida o vuelta", esto es, que "cuando el equipo de Gobierno deja paso a otro", "por voluntad popular", "parece razonable y no ilícito que el nuevo equipo contrate a su vez a otros trabajadores para que ocupen estos cargos que permitan dirigir los designios del ente público acorde con su ideario".

El magistrado asegura que "comparte enteramente" los argumentos de Cantur, en la parte en que afirmaba que lo que pretendían los despedidos era "un blindaje contractual", ya que si no se puede prescindir de ellos porque pertenecen a un partido, lo que pasaría sería una contratación "casi funcionarial", sin previo acceso de selección en base a principios de mérito, capacidad e igualdad.

"Compartir la postura de la parte demandante podría conllevar que legislatura tras legislatura, si cambiara el equipo de Gobierno, la plantilla de Cantur y otros entes públicos creciera sin fin", sostiene.

El juez también se apoya en que los otros tres despedidos a la vez que estos no continuaron el proceso judicial --llegaron a acuerdos--, lo que para él hace que "parezca" que "no compartan" ese criterio de discriminación ideológica.

PÉRDIDAS ECONÓMICAS EN EL SECTOR PÚBLICO

El juez defiende que Cantur tiene un "evidente interés público", que "cubre un servicio público esencial", el relacionado con el turismo.

"No es ningún secreto que la región de Cantabria no tiene excesivo tejido industrial, ni otro tipo de potenciales susceptibles de generar recursos, riquezas, salvo el turismo y en su momento la construcción", desarrolla el juez, que concluye, que el turismo es "determinante" para la economía de la comunidad autónoma, y, en consecuencia, "Cantur es una entidad relevante en el desarrollo económico de Cantabria".

Y es una empresa que, al ser pública, no tiene por qué moverse por criterios "estrictamente mercantiles o comerciales", esto es, "no tiene ánimo de lucro" en el sentido comercial "clásico".

No obstante, el juez no "comparte" el criterio de los despedidos de que no se les puede aplicar la normativa laboral del despido objetivo basado en causas económicas, porque sí que se le debe exigir "cierto rigor económico" para evitar pérdidas "calamitosas" que no pueden darse por hechas en las empresas públicas.

Cantur debe estar sometida a despido objetivo por causas económicas, concluye el juez, que se remite a la reforma laboral recién aprobada por el Gobierno central para los despidos en las Administraciones, cuando se alegan insuficiencias presupuestarias en la financiación de los servicios públicos. en cuanto la reforma entre en vigor, la polémica sobre estos despidos "no tendría sentido".

En este sentido, el magistrado detalla las cuentas de esta sociedad pública (2,2 millones de euros de pérdidas en 2011 y gastos de personal que pasaron de 12 a 13 millones), lo que lleva a establecer que Cantur es "absolutamente deficitaria", una empresa en la que "siempre existen pérdidas" con unos gastos de personal "muy elevados".

Detalla la sentencia que el número de trabajadores pasó de 280 en 2003 a 400 en el momento actual, una "vorágine contratadora" que para el juez "no se alcanza a comprender".

La situación económica general la describe como "lamentable y calamitosa" el magistrado, que también tacha de "sorprendente" el "auxilio" de Cantur al Racing de Santander, sin las cuales, sus pérdidas --las de la sociedad pública- serían "inferiores".

Y aunque el magistrado asegura que no debe pronunciarse si la política del nuevo Gobierno de Cantabria en Cantur merece "loa", sí que destaca, "desde un punto de vista jurídico", su "esfuerzo" para reducir pérdidas y gastos de personal.