El nuevo reglamento de armas no perjudica las recreaciones de batallas históricas, según el Supremo

Archivo - I Recreación Histórica Napoleónica de la Liberación de San Lorenzo de El Escorial, a 3 de julio de 2022, en San Lorenzo de El Escorial, Madrid (España).
Archivo - I Recreación Histórica Napoleónica de la Liberación de San Lorenzo de El Escorial, a 3 de julio de 2022, en San Lorenzo de El Escorial, Madrid (España). - Rafael Bastante - Europa Press - Archivo
Publicado: lunes, 8 agosto 2022 8:05

Asociaciones lamentaban no poder usar armas reales con munición de fogueo porque la representación pierde realismo

MADRID, 8 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso presentado por asociaciones que hacen representaciones históricas contra la reforma del Reglamento de Armas llevada a cabo por el Ejecutivo al entender que la técnica actual permite que se puedan seguir representando batallas "con plena verosimilitud".

Los magistrados condenan así en costas --5.000 euros-- a la Asociación Histórico-Cultural 'The Royal Green Jackets' y a la Asociación 'Screaming Eagles 101 Easy', que consideraban que ese nuevo reglamento --que adapta la norma española a la europea-- afectaba de forma negativa a armas que se suelen usar en la recreación histórica. Critican que se prohíba el uso de armas reales con munición de fogueo.

"El Reglamento afecta de forma total a cualquier arma con capacidad para disparar dos o más cartuchos, ya sean reales, de fogueo e incluso a las armas inutilizadas. También afecta al uso general de imitaciones, armas blancas y armas con efecto de ruido mediante oxipropano", señalaban desde estas asociaciones.

Lamentaban asimismo que esa nueva normativa altera la posibilidad del uso de determinadas armas en recreaciones y en rodajes cinematográficos, y limita la adquisición de armas de fuego por parte de recreadores. "Hasta la fecha (...) los recreadores históricos podían usar armas en perfecto estado de funcionamiento con munición de fogueo. Representaciones que han sucedido sin incidentes y sin afectar en ningún momento a la seguridad pública", añadían.

Y subrayaban que con la modificación normativa se elimina la posibilidad de uso de aquellas armas --las reales-- que aportaban mayor "realismo y fidelidad histórica".

LOS ATENTADOS DE PARÍS

En la sentencia del Supremo se recuerda que la Directiva Europea se adaptó "por los terribles atentados de Paris del año 2015, en los que los terroristas transformaron armas de fogueo o inutilizadas en armas con capacidad letal".

Y afea a los recurrentes, que querían poder usar armas reales en analogía a las usadas en caza y tiro olímpico, que parecen olvidar que en España la regulación establece que cada tipo de arma se adquiere y usa para una actividad concreta.

Además, recuerda que sobre la tenencia de armas hay una intervención administrativa "fuerte" por su peligrosidad y añade que la protección de la sociedad prima sobre los intereses privados. "Desde luego, el importante número de personas que intervienen en las recreaciones históricas, al aire libre, comportan un riesgo real respecto del uso y custodia de armas de fuego reales", indican los magistrados.

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