Ordenan el internamiento del guardia civil de Santa Olalla en un centro psiquiátrico penitenciario

Actualizado: miércoles, 17 enero 2007 14:04

La Audiencia Provincial absuelve al agente al entender probada la eximente completa de enajenación mental

HUELVA, 17 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva ha ordenado el internamiento en un centro psiquiátrico penitenciario por un tiempo máximo de 25 años para Z.G.G., el guardia civil en reserva acusado de disparar el pasado 23 abril de 2004 contra tres vecinos en un bar de Santa Olalla del Cala (Huelva), provocando la muerte de una mujer e hiriendo de gravedad a las otras dos personas.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, considera probado que el procesado, de 65 años y sin antecedentes penales, padece un cuadro de trastorno de ideas delirantes que le llevaba a tener ideas persistentes consistentes en creer con certeza que F.T.R., propietaria del bar, y A.N.H. y C.R.G., clientes asiduos del establecimiento, le estaban envenenando a través del café que tomaba en el local y le estaban dejando impotente, a la vez que oía voces en su cabeza que le indicaban que tuviera cuidado con ellos y que los tenía que matar.

En este sentido, la sentencia relata que el 23 de abril de 2004, y determinado por esas voces y por la creencia en el daño que le estaban infiriendo aquellas personas y hallándose en una fase aguda de su cuadro psicótico, lo que le anulaba sus capacidades cognitivas y volitivas, se armó con una pistola, balas, varios cargadores y una navaja, y se dirigió al bar, donde en esos momentos se encontraba sola su propietaria, quien nada sospechó de las intenciones del procesado.

Así, y siempre según la sentencia, la dueña del establecimiento le sirvió como siempre un café y le puso el periódico. Poco después, llegaron A.N.H. y C.R.G, quienes se quedaron en otro extremo de la barra desayunando, totalmente despreocupados de las intenciones del procesado, quien, resuelto a llevar a cabo su propósito de dar muerte a esas tres personas, sacó la pistola "de un movimiento rápido" y efectuó un disparo contra F.T.R, quien sólo pudo poner "instintivamente" la mano por delante, recibiendo el impacto del proyectil en la mano y en la cara y quedando tumbada en el suelo.

Igualmente, relata que "de forma inmediata" y sin que las otras dos personas se hubieran dado cuenta de lo sucedido, se acercó a ellos y, llegando por detrás de A.N.H., le colocó la punta de la pistola apoyada en la nuca y disparó contra ella, lo que hizo que ésta cayera al suelo con heridas mortales que le provocaron la muerte poco después.

Posteriormente, y apuntando con la pistola a C.R.G, quien no tuvo tiempo ni de salir huyendo, efectuó otro disparo contra él, el cual le alcanzó en la parte delantera de la cara, pese a lo cual trató de darse a la fuga por el patio interior del bar, momento en el cual el acusado apuntó otra vez el arma para volver a dispararle, por lo que C.R.G. forcejeó con él tratando de quitársela.

Durante el forcejeo, y según indica la sentencia, el procesado golpeó en la cabeza y efectuó algunos disparos mas contra C.R.G., hasta que éste, como no lograba arrebatarle el arma, se marchó del bar hacia la calle, siendo perseguido por el acusado. Éste disparó varias veces más, si bien C.R.G. se cayó al suelo, donde permaneció inmóvil como si estuviera muerto, con lo que logró que el procesado no continuara con su propósito de matarlo en la creencia de que había fallecido.

En este momento, el acusado volvió sobre sus pasos en busca de F.T.R, quien se había refugiado en el interior del servicio de un supermercado. Una vez allí, el guardia civil efectuó cinco disparos contra la puerta del servicio tratando de alcanzar a F.T.R., y, posteriormente, se marchó a su vivienda, donde fue localizado por agentes de la Guardia Civil, quienes procedieron a su detención y le intervinieron el arma, tres cargadores, dos vacíos y uno con cuatro proyectiles, y una navaja.

La sentencia absuelve al procesado, al concurrir la eximente completa de enajenación mental, de un delito de asesinato consumado y dos delitos de asesinato en grado de tentativa, e impone la medida de internamiento en un centro psiquiátrico penitenciario por un tiempo máximo de 25 años y una indemnización de 100.000 euros para los herederos de A.N.H., de 70.000 euros para F.T.R. y de 85.000 euros para C.R.G., a estos dos últimos por las lesiones y secuelas sufridas.