Archivo - Posan con una bandera de la estelada y un cartel en el que se lee: `Freedom For Catalonia, tras salir de la prisión de LLedoners - Kike Rincón - Europa Press - Archivo
MADRID, 4 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Partido Popular (PP) ha recurrido en reposición los autos del Tribunal Supremo por los que acordaba que los partidos políticos y los diputados carecía de legitimación para recurrir los indultos a los líderes del 'procés'. Argumenta que con el rechazo a su legitimación para recurrir esos indultos se ha vulnerado su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva en su modalidad de acceso al proceso y obtención de una resolución.
En su escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, entiende que se da indefensión y resalta que "en este proceso es pertinente aplicar una especial prudencia a la hora de valorar si la parte recurrente tiene o no un derecho o interés legítimo que tenga conexión con el proceso judicial". Así, afea a la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo que haya realizado una interpretación "extemporánea" y "en exceso rigurosa", y avisan de que "implica una desproporción que debe ser corregida con el fin de evitar la situación de indefensión de la parte recurrente".
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) señaló la semana pasada en varios autos, que estimaba falta de legitimación de todos los que presentaron recursos contra los indultos parciales concedidos por el Gobierno a los nueve condenados en el procedimiento del 'procés', que en el caso de los partidos políticos es "abrumadora" la jurisprudencia que declara que "no concurre con carácter general" su legitimación activa salvo en aquellas actuaciones "que afecten a la esfera de sus derechos e intereses legítimos".
INTERPRETACIÓN AMPLIA DE LA LEGITIMACIÓN
El PP cita un auto de 21 de mayo de 2020 del Supremo en relación con la legitimación, para advertir que en ese caso se decía que debía "llevarse a cabo una interpretación amplia como consecuencia de la vinculación entre legitimación activa y derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, en relación con la legitimación para recurrir frente al indulto".
La formación 'popular' se apoya en su escrito continuamente en el voto particular de los dos magistrados que se opusieron a esa falta de legitimación, destacando que "resulta desproporcionado el privar a la parte recurrente del acceso al procedimiento al estimar las alegaciones previas interpuestas por la Abogacía del Estado, puesto que ello implica el privar a la parte recurrente de la posibilidad de utilizar convenientemente la fase probatoria del recurso en defensa de su legitimación y del postrero trámite de conclusiones".
Además, entiende que se da una "errónea valoración de la jurisprudencia de la Sala Tercera del TS sobre cuándo procede enjuiciar y resolver sobre la falta o no de legitimación 'ad causam'. Y rebate que "no es razonable acordar la inadmisibilidad como una cuestión previa, sin que haya tenido lugar el preceptivo debate procesal y la parte haya podido aportar prueba sobre la existencia de su legitimación y formular sus conclusiones".
Incide en que la falta de legitimación activa de los recurrentes de los indultos había sido planteada por la Abogacía del Estado en el trámite de alegaciones previas, y la Sala rechazó la posibilidad de pronunciarse sobre esa cuestión en tan temprana fase acordando resolverlo en Sentencia. Y entiende que ahora la decisión de la Sala "crea una parcela de inmunidad al
control jurisdiccional".
LA GRAVEDAD DE LOS HECHOS
Suma a esto que dada la especial gravedad de los hechos delictivos de los condenados por el 'procés', la Sala ha realizado una "errónea valoración de la posible conexión de los derechos e intereses legítimos de la parte recurrente con el objeto del proceso".
Y añade que se hace una lectura también errónea de quien está legitimado para recurrir porque era víctima, ofendido o perjudicado por el delito. "En nuestra legislación no está regulado quien puede recurrir un indulto. Tampoco existe norma que indique la relación que debe tener con los hechos delictivos quien alegue tener legitimación activa para recurrir un indulto", subraya.
Al hilo, el PP considera que el Supremo tampoco ha realizado una valoración correcta de los intereses y derechos concretos de la parte recurrente y su conexión con el proceso. De hecho, asevera que se ha vulnerado "su derecho a probar su derecho de acceso al proceso judicial".
Considera que existe "una indudable afectación directa del Partido Popular por los hechos delictivos que fueron objeto de condena, que los padeció, así como de los diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Parlamento de Cataluña.
VIOLENCIA AMBIENTAL Y ESCRACHES
Destaca que sufrieron violencia ambiental promovida por los condenados, que se atacó la sede del PP en Cataluña, que sufrieron escraches y amenazas, que se vulneraron los derechos fundamentales de los diputados populares con la tramitación de las Leyes de transitoriedad y referéndum, y que el PP tiene un interés legítimo desde un punto de vista político.
Tras esto, el escrito bebe continuamente de los razonamientos incluidos en el voto particular de los magistrados Wenceslao Olea y Fernando Román, y concluye solicitando dejar sin efecto el auto de 22 de febrero y en consecuencia admita su recurso contra los indultos parciales.