MADRID 25 Jul. (EUROPA PRESS) -
La propuesta de modificación de la ley electoral que abre la puerta a que los ciudadanos que se vieron obligados a abandonar el País Vasco o Navarra por presiones terroristas vuelvan a votar en sus comunidades considera sólo desde un "formalismo extremo" e "insensibilidad hacia las víctimas" puede negarse este derecho.
El texto, redactado por los 20 expertos del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales en respuesta a una petición del Ministerio del Interior, considera acreditado que la denominada 'diáspora vasca' produjo una alteración del censo electoral en determinadas localidades del País Vasco y Navarra, puesto que de él fueron excluidos todos los que tuvieron que abandonar su domicilio "por causas no voluntarias sino por la coacción del entorno etarra".
"Solo desde un formalismo extremo, cuya sensibilidad hacia las víctimas resulta incompatible con el debido respeto a las mismas, podría objetarse que la pérdida del derecho al sufragio en el lugar de residencia obedece exclusivamente al traslado de domicilio y, por tanto, nada hay que reparar", sostiene.
Las conclusiones redactadas por el seminario 'Residencia y Derecho de Sufragio. Análisis del caso vasco' recuerdan que el artículo 14 de la Constitución Española impone a los poderes públicos obligaciones para promover las condiciones que faciliten la participación política igual de todos los ciudadanos y defiende que, en el caso de los exiliados, el derecho de libre elección de domicilio ha sido vulnerado.
A su juicio, estos procesos de victimización merecen una respuesta pública cumpliendo con los principios de "verdad, justicia, reparación y memoria" que rompa con su situación de exclusión y les permita poder participar en la vida política de sus comunidades de origen.
SITUACIÓN RADICALMENTE INJUSTA
De esta forma, la propuesta de reforma de la LOREG tiene por objeto la reparación, en la medida de lo posible, del daño causado. "Lo que el proyecto pretende es neutralizar ese daño, esto es, anular las consecuencias derivadas de una situación radicalmente injusta", explica.
"En definitiva, el presente proyecto de ley no pretende otra cosa que restablecer la integridad del censo electoral impidiendo --en la medida de lo posible puesto que varios cientos de personas asesinadas por ETA no podrán votar nunca más-- que la depuración del mismo llevada a cabo por ETA despliegue sus efectos sobre la realidad política del País Vasco y Navarra", insiste.
El texto de los expertos defiende que esta "excepción" en el ordenamiento jurídico es constitucionalmente legítima porque su objetivo es precisamente "el restablecimiento de la igualdad violada por ETA y su entorno".