La Sala del 61 del Supremo se reúne hoy, tras presentar ayer ASB sus alegaciones

Actualizado: martes, 24 abril 2007 10:33

MADRID, 24 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Sala del 61 del Tribunal Supremo se reúne a partir de las diez y media de esta mañana para estudiar las demandas de ilegalización presentadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado contra Abertzale Sozialisten Batasuna (ASB), así como las alegaciones realizadas por las promotoras de esta formación, presentadas en el alto tribunal pasadas las dos de la tarde de ayer.

La Sala del 61, que tenía previsto reunirse el pasado viernes por la tarde y, si era necesario, también durante el fin de semana, deberá decidir si permite la inscripción de ASB en el registro de partidos políticos o, por el contrario, declara su ilegalización por suceder de la ilegalizada Batasuna, como afirmaba la Fiscalía y la Abogacía del Estado en sus demandas de ilegalización presentadas el pasado día 3.

Las promotoras de ASB han esperado hasta el último día del plazo del que disponían para contestar a las demandas de ilegalización, ya que presentaron sus alegaciones el día de gracia que permite la ley, una vez concluido el plazo, y apenas una hora antes de que finalizara el tiempo máximo establecido (las tres de la tarde).

El Supremo no tiene un plazo máximo para pronunciarse sobre si ASB puede ser inscrito en el Registro de Partidos o debe ser ilegalizado, ya que la Ley de Partidos no lo prevé, y el trámite no se rige por el procedimiento electoral, donde las impugnaciones y la resolución por parte de los dos altos tribunales españoles (Supremo y Constitucional) tienen un detallado plazo de entre dos y tres días, que concluyen la víspera de comenzar la campaña electoral.

CUATRO PUNTOS PARA ILEGALIZAR

Tanto la Abogacía del Estado como la Fiscalía coincidían en sus respectivas demandas en cuatro puntos concretos: la utilización de la misma palabra en el nombre, formar parte sus promotores de la Mesa Nacional de la formación ilegalizada e incluso estar alguna de ellas (Marije Fullaondo) imputada por integración en ETA, así como compartir la estructura organizativa.

La demanda de la Abogacía del Estado insistía en que ASB "tiene una vinculación directa con las formaciones políticas ilegalizadas y disueltas integrantes del complejo Batasuna", según prueba la vinculación "actual, directa e inmediata" de sus promotores con Batasuna.

En este punto, tanto el fiscal como el abogado del Estado destacaban que María Jesús Fullaondo es miembro de la Mesa Nacional de Batasuna desde marzo de 2006 y que fue cabeza de lista de la ilegalizada Herritarren Zerrenda. Joana Regueiro Martínez también es miembro de la Mesa Nacional como responsable de política feminista, y formó parte de la candidatura ilegalizada AuB. Tomasa Alejandro Gordaliza también forma parte de la Mesa Nacional y fue asesora de Batasuna en el Ayuntamiento de San Sebastián.

Además, coincidían en considerar un indicio más el que Fullaondo esté imputada por integración en la organización terrorista ETA por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por haber hablado en nombre de Batasuna en una manifestación celebrada el 30 de septiembre del año pasado en Bilbao.

También destacaban la utilización del término Batasuna en el nombre. En opinión de la Abogacía, utilizar Batasuna es necesario para "identificarse ante su propio electorado", por lo que la palabra "ha adquirido en la semiología política española de los últimos años un significado preciso, al referirse al conjunto de organizaciones encuadradas en el genérico concepto del complejo Batasuna", algo "suficientemente significativo de la sucesión o continuidad".

La Fiscalía, por su parte, recordaba que dos de los tres partidos ilegalizados en la sentencia de marzo de 2003 (Herri Batasuna, Batasuna y Euskal Herritarrok) utilizaron la misma palabra que en castellano significa "unidad".

Mientras que la Fiscalía destacaba la coincidencia organizativa entre Batasuna y ASB, con una Mesa Nacional como órgano máximo directivo, la Abogacía del Estado se centraba en la identidad de simbología como "elemento esencial de publicación y de identificación de un partido político".

Además, la demanda de la Abogacía del Estado también explicaba que los estatutos del partido cuya inscripción se solicitó el pasado 27 de marzo no son suficiente contraindicio frente a todas las pruebas anteriores, ya que "no expresan una inequívoca y explícita renuncia o rechazo del terrorismo como medio para la consecución de fines políticos, a diferencia de lo que sucedió" con Aralar.