El Supremo anula por estar defectuosamente motivada la designación del presidente del TSJ de Murcia

Actualizado: lunes, 4 abril 2016 21:20

MADRID, 4 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Pleno de la sala de los Contencioso-Administravo del Tribunal Supremo ha anulado este lunes el nombramiento de Miguel Pascual de Riquelme como presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia que había sido acordada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en enero de 2015.

La decisión se ha alcanzado por 18 votos frente a 15 por entender el alto tribunal que dicho nombramiento fue motivado de forma "insuficiente o defectuosa". El nombramiento de Pascual de Riquelme fue fuertemente contestado por la asociación progresista Jueces para la Democracia (JpD) y por un sector del Consejo porque se impuso a una candidata que se encontraba 1.160 puestos por encima del escalafón y a la que se atribuían más méritos.

La decisión de los magistrados del alto tribunal han supuesto la estimación del recurso planteado contra dicho nombramiento por la citada candidata, la también magistrada Pilar Alonso Saura, quien también optaba al puesto y no resultó elegida.

Esta magistrada además* solicitaba que el Pleno, de estimar su recurso, la designara para el puesto al que optaba. Una petición que el Supremo ha rechazado por 28 votos, frente a 5 magistrados que han apoyado esta petición, por lo que ahora el CGPJ tendrá que pronunciarse de nuevo sobre este nombramiento.

QUERELLA DE PODEMOS

Se da la circunstancia de que Pascual de Riquelme es uno de los tres magistrados del TSJ de Murcia contra los que la secretaria de Análisis Político y Social de*Podemos,*Carolina Bescansa, presentó una querella por considerar que habían prevaricado al remitir a un juzgado ordinario, en vez de tramitar directamente, una querella que la Fiscalía presentó contra el candidato del*PP* en Murcia Pedro Antonio Sánchez*para evitar que fuera imputado en plena campaña electoral. La querella fue archivada en julio del pasado año.

La designación de Pascual de Riquelme motivó la presentación de un voto particular por seis de los vocales del sector crítico del órgano de gobierno de los jueces que estimaban que la elección supuso una discriminación en razón de su sexo contra la aspirante mujer.

Pilar Alonso Saura, está situada en el escalafón de la carrera judicial 1.160 puestos por encima del hombre nombrado, por lo que los vocales discrepantes consideraban que situar a Riquelme al frente del TSJ de Murcia "bordea la arbitrariedad".

Argumentaban que al dar la presidencia del TSJ de Murcia a Pascual de Riquelme no se respetaron los principios de mérito y capacidad, se incumplieron los requisitos anunciados en la convocatoria y se incurrió en desviación de poder.

A estas críticas se sumó el portavoz de Jueces para la Democracia (JdP), Joaquim Bosch, que en dicho momento, enero de 2015, pidió al CGPJ que explicara cuáles eran los motivos del nombramiento porque, a su parecer, "los datos objetivos nos indican que la mujer que se presentaba tenía una trayectoria más que suficiente para poder ocupar este cargo".

Bosch también recordaba que "todos los presidentes de los TSJ son hombres" excepto, "afortunadamente", en Valencia, dónde ostenta el cargo la magistrada Pilar de la Oliva, cuya gestión, a su parecer, "debe valorarse" y demuestra que "en el ámbito judicial todavía hay estereotipos" que explican el motivo por el que "siguen habiendo muchos más hombres que mujeres en sitios relevantes de decisión de la carrera judicial".

Por lo que se refiere a la querella de Podemos, tuvo su origen en otra actuación dirigida en Murcia contra, entre otros, Pedro Antonio Sánchez, por entonces consejero de Cultura, Educación y Empleo, así como diputado de la Asamblea Regional de Murcia , en relación con la licitación, adjudicación, construcción y recepción de las obras de un auditorio en el municipio murciano de Puerto Lumbreras, del que era alcalde el mandatario popular.

En dicha querella se le imputaba al candidato popular la posible comisión de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad en documento oficial, si bien el TSJ con el voto entre otros de Pascual de Riquelme, y pese a reconocer el carácter de aforado de Sánchez decidió remitir el procedimiento al Juzgado de Instrucción de*Lorca.