Archivo - Fachada del Tribunal Supremo, en Madrid (España). - Alberto Ortega - Europa Press - Archivo
MADRID 7 Sep. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo celebrará este lunes una vista oral y pública para analizar las medidas cautelares solicitadas por distintas organizaciones que pidieron la suspensión cautelar de las altas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) vinculadas a la llamada 'ley de nietos' por sus presuntos efectos electorales.
En una providencia a la que tuvo acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal acordó que la vista tendrá lugar a partir de las 10.00 horas y cita a las partes personadas en el procedimiento, como Iustitia Europa y la Junta Electoral Central (JEC).
También ese mismo día se celebrará una vista a las 11.00 horas para examinar las medidas cautelares interesadas por Vox, según informaron fuentes jurídicas a esta agencia de noticias.
Iustitia Europa interpuso un recurso contra una resolución de la Junta Electoral Central, que rechazó la suspensión cautelar del procedimiento de elaboración del CERA aunque acordó solicitar a la Oficina del Censo Electoral una instrucción sobre la aplicación de la 'ley de nietos', la disposición adicional de la Ley de Memoria Democrática que permite el acceso a la nacionalidad de descendientes de exiliados.
Posteriormente, el Supremo acordó abrir una pieza separada de medidas cautelares para estudiar la suspensión solicitada y acordó solicitar a la JEC que remitiera el expediente administrativo correspondiente.
ANALIZARÁ SUSPENDER LAS ALTAS CERA
En su resolución, la JEC avisó de que la determinación del municipio electoral en el que se inscriban cada uno de los beneficiarios de la 'ley de nietos' deberá estar "suficientemente motivada si no se corresponde con su último domicilio en España".
El organismo arbitral argumentó que la Constitución también garantiza el derecho a voto de los electores que residen en el extranjero, incidiendo en que la administración electoral "no puede sustituir el criterio del legislador", que fijó por ley "las condiciones y el procedimiento" para el ejercicio de este derecho por parte de personas emigradas.
"No es posible acceder a este tipo de solicitudes. La administración electoral debe aplicar todos los procedimientos dispuestos en la administración mientras sigan vigentes", zanjó la JEC.
Y es que, en una nota de prensa, Iustitia Europa argumentó que "no consta publicada" la cifra exacta de altas incorporadas al CERA que se deriven de los expedientes de adquisición de nacionalidad tramitados al amparo de la 'ley de nietos'.
A juicio de la organización, tampoco existe "información pública suficiente sobre su distribución provincial, la vía concreta de adquisición de la nacionalidad, la oficina consular de origen o la trazabilidad documental de cada incorporación censal".
VOX PIDE QUE SE VIGILE LA TRAZABILIDAD DEL VOTO
Por otro lado, en recurso Vox exhortó al Supremo a que garantizara la adopción de las instrucciones oportunas para asegurar "la identidad del votante, la trazabilidad del voto, la seguridad e integridad en la custodia del mismo, en iguales términos que se realiza para los españoles que residen dentro del territorio nacional, con intervención de autoridades y funcionarios revestidos de la necesaria competencia y responsabilidad".
En opinión del partido liderado por Abascal, la resolución de la JEC "ni preserva ni restablece el derecho vulnerado", sino que "ayuda a consolidar la violación del derecho de sufragio, pues parece justificar jurídicamente la brutal violación de los más elementales principios de un Estado de derecho", esto es, el principio de legalidad, la reserva de ley, jerarquía normativa o la seguridad jurídica.
Para Vox, la JEC "reconoce la posible alteración del Censo de Electores Residentes ausente (CERA)", pero "renuncia a las competencias que le corresponden como órgano superior de la administración electora, entendiendo erróneamente que la instrucción es de obligado cumplimiento y por ello no tiene instrumentos para subvenir a los efectos dañinos e ilegales de su aplicación en la formación del censo".
La formación pretende así dar de baja "a quienes no sean hijos o nietos de exiliados o quienes se hayan beneficiado de la presunción ilegalmente establecida por la instrucción".