El Supremo rechaza la querella de Manos Limpias contra Moliner

Dice que no hay elementos que sustenten una "confabulación" o "campaña de acoso" contra el instructor del 'caso Blesa"

Europa Press Nacional
Actualizado: martes, 15 octubre 2013 13:40

   MADRID, 15 Oct. (EUROPA PRESS) -

   El Tribunal Supremo ha rechazado la admisión a trámite de la querella que el sindicato Manos Limpias presentó contra el presidente de la institución y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Gonzalo Moliner, y el juez y la fiscal del expediente administrativo que se instruye contra el magistrado Elpidio José Silva, al entender que la "confabulación" que denuncia esta parte está basada en "meras especulaciones".

   Manos Limpias, que ejercía la acusación popular en el denominado 'caso Blesa' contra el expresidente de Caja Madrid, se querelló en julio pasado contra Moliner; el magistrado de la Sala Contecioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) Álvaro Domínguez, que instruyó el expediente disciplinario contra Silva; la fiscal María José Rodríguez; el exfiscal jefe del TSJM Manuel Moix; el exfiscal jefe de la Audiencia de Madrid Eduardo Esteban; y la jefa del Servicio de Inspección del CGPJ, Virginia García.

   A todos les imputaba un delito contra la integridad moral en concurso con otro de prevaricación y otro de infidelidad en la custodia de documentos y de violación de secretos por participar en lo que Manos Limpias denominó una "auténtica campaña de acoso y derribo" contra el juez Silva por llevar a cabo la investigación contra Blesa.

MOLINER NO INFLUYÓ

   En un auto difundido este martes, la Sala Segunda del Supremo señala que las declaraciones en las que Moliner deseó que el expediente disciplinario abierto en el CGPJ contra Silva "llegara a buen fin" no presentan "carácter delictivo" y, por ello, "no justifican la apertura de un procedimiento penal".

   Los magistrados entienden que las palabras de Moliner no pusieron al descubierto "ningún dato o circunstancia de carácter personal que pudiera ser digno de especial protección, justificando así la intervención del Derecho Penal". También rechazan que pudieran estar dirigidas a "influir en la tramitación del expediente o supusieran una orden al instructor del mismo en su condición de superior".

   "Estas afirmaciones son meras especulaciones y carecen de cualquier apoyo probatorio", afirma el auto antes de añadir que no existe en la querella ningún dato objetivo que avale que la apertura del expediente contra Silva pudiera responder a "alguna finalidad espuria, destinada a apartar al destinatario del mismo de la instrucción de la causa penal" contra Blesa.  

AVALA EL EXPEDIENTE SANCIONADOR

   Manos Limpias también acusó de prevaricación al juez Álvaro Domínguez por denegar las pruebas solicitadas por la defensa de Silva y a la fiscal María José Rodríguez por solicitar que un forense confirmara la enfermedad de su letrado cuando excusó su presencia en una declaración. El Supremo entiende, sin embargo, que la parte no explica "en qué medida" dicha inadmisión o la práctica de esta diligencia "pudo no ser conforme a Derecho".

   La Sala tampoco encuentra indicios de delito en la actuación de Moix, que realizó unas declaraciones en las que aseguraba que la Fiscalía estaba estudiando la posibilidad de querellarse por prevaricación contra Silva, y añade que no es competente para investigar a Esteban por no tener la condición de aforado.

   El CGPJ sancionó en julio pasado a Silva a 4 meses y 7 días de suspensión y multa de 600 euros por dos faltas muy graves y una grave de retrasos, una falta de motivación de sus resoluciones y otra de consideración a sus funcionarios. En la causa que se sigue por prevaricación en el Supremo, declaró el pasado 11 de octubre y afirmó que su confianza en la justicia es "relativamente escasa" a partir de su propia "experiencia".

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