Un total de 1.879 alaveses podrán optar a las ayudas para personas dependientes atendidas en el entorno familiar

Actualizado: miércoles, 24 octubre 2007 15:44


VITORIA, 24 Oct. (EUROPA PRESS) -

Un total de 1.879 alaveses podrán optar a las ayudas para las personas dependientes que son atendidas en el entorno familiar, una prestación recogida en la Ley de Dependencia cuyo decreto de regulación aprobó ayer la Diputación foral. El importe de la prestación para 2007 será de 487 euros mensuales para los grandes dependientes y de 390 euros para las personas con discapacidad severa que requieren ayuda para levantarse de la cama, asearse y vestirse.

Según explicó hoy en rueda de prensa la diputada de Política Social, Covadonga Solaguren, el decreto reconoce el carácter retroactivo de esta ayuda a fecha de 1 de enero de 2007, con independencia de cuándo se haya solicitado este año la valoración de la persona dependiente.

Serán beneficiarios de esta prestación las personas dependientes en grado tres, niveles uno y dos, es decir, personas con discapacidad grave que precisan ayuda para la práctica totalidad de las actividades de la vida diaria, y las de grados dos, nivel dos, que son aquellas que tienen un grado de discapacidad severo y que requieren de ayuda para levantarse de la cama, asearse y vestirse.

La Diputación aportará las prestaciones a este último grupo desde este mismo año, aunque la Ley de Dependencia no exige que se formule el pago hasta enero de 2008. De las 3.759 personas a las que se les ha reconocido la situación de dependencia, 1.485 han sido catalogados en el grado tres y 394 en el grado dos.

AYUDAS UNIVERSALES

Las prestaciones económicas son universales, por lo que no están sujetas a las rentas de los beneficiarios. Las ayudas para cuidados en el entorno familiar están destinadas a contribuir a la cobertura de los gastos derivados de la atención prestada por la persona cuidadora no profesional, pudiendo ser reconocida en cualquier grado y nivel de dependencia, cuando se reúnan las condiciones de acceso establecidas.

De igual manera, contempla que las personas que cuiden de una persona dependiente podrán ser dadas de alta en la Seguridad Social, instituto encargado de reconocer ese derecho. La percepción de esta ayuda es compatible con otros servicios sociales destinados a la atención de la dependencia, con la única excepción de los servicios de atención residencial en modalidad permanente propios o concertados por la Diputación Foral y las prestaciones económicas previstas en la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (Ley de Dependencia).

El importe de la prestación para el año 2007 aprobado en el decreto foral será de 487 euros mensuales, para los de grado tres, niveles uno y dos, y de 390 para los dependientes de Grado dos, nivel dos.

CONDICIONES

La normativa reguladora recoge los requisitos de los beneficiarios, las condiciones de acceso a la prestación, requisitos de la persona cuidadora no profesional, determinación de la cuantía, así como la modificación, suspensión y extinción de la prestación.

Entre las condiciones de acceso a la prestación económica para cuidados en el entorno familiar destaca que éstos se presten en el domicilio habitual de la persona dependiente, que la atención y cuidados que ha de prestar el cuidador y su formación se adecuen a las necesidades de la personas dependientes en función de su grado y nivel de dependencia.

También se reclamará que se den las condiciones adecuadas de convivencia y de habitabilidad de la vivienda, y que el Programa Individual de Atención (PIA) determine la idoneidad de esta prestación. Asimismo, se exige residir legalmente en el territorio estatal y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de prestación de la solicitud. De igual manera, se pide estar empadronado en Alava en el momento de presentar la solicitud de la prestación.

Por otra parte, en el decreto foral también se establece los requisitos que deben reunir las personas cuidadoras no profesionales, entre ellas, la de ser mayor de 18 años, residir legalmente en el Estado español, ser cónyuge, estar registrada como pareja de hecho, o ser pariente por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el tercer grado de parentesco, de la persona en situación de dependencia.

Asimismo, se exige que el cuidador esté empadronado en el mismo domicilio que la persona beneficiaria de la prestación desde al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.