El tribunal aplaza el juicio contra 12 acusados de actos de 'kale borroka' al recusar la defensa a la presidenta

Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 15 febrero 2007 14:54

MADRID 15 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional volvió a aplazar hoy el juicio que tenía previsto continuar contra doce acusados por actos de 'kale borroka' entre junio de 1994 y enero de 1997 en el País Vasco y Navarra, al admitir a trámite el incidente de recusación presentado por las defensas contra la presidenta del tribunal, Angela Murillo, al entender que se contaminó al haber intervenido en la resolución de distintos recursos de apelación presentados durante la instrucción de la causa.

El fiscal Vicente González Mota se opuso a la recusación por no cumplirse "los requisitos formales" para su presentación. Subrayó que este incidente debe plantearse por escrito en el momento en que se conoce la causa por la que se presenta la recusación. El abogado del Estado y la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) se adhirieron a los argumentos de González Mota.

No obstante, la presidenta del tribunal admitió haber participado como ponente en algunos autos que confirmaban el procesamiento de varios de los acusados y reconoció que podría estar contaminada, por lo que acordó admitir a trámite el incidente de recusación.

En un principio, el tribunal acordó que el magistrado Ángel Hurtado sustituyese a Murillo como presidente, pero el fiscal González Mota insistió en que la recusación obliga a suspender el juicio hasta que el incidente se resuelva por otra Sala en el plazo de 10 días. El juicio se reanudará el próximo 8 de marzo. Este juicio se ha suspendido ya en varias ocasiones.

NIEGAN SU PARTICIPACIÓN.

Los doce acusados negaron el pasado día 9, cuando se reanudó tras una suspensión anterior en septiembre del año pasado, su participación en los hechos que se les imputa. En todos los casos aseguraron no tener conocimiento ni haber colaborado en ninguno de los actos de violencia de los que se les acusa, entre los que se encuentra el lanzamiento de "cócteles molotov" contra un coche de Policía en el que dos agentes resultaron heridos, uno de ellos muy grave.

El fiscal, que solicita para los acusados penas que oscilan entre 9 y 58 años de prisión, les imputa delitos de colaboración con banda armada, lesiones terroristas, tenencia ilícita de armas, tenencia de sustancias explosivas, daños, estragos e incendio justificaron las declaraciones inculpatorias realizadas tras sus detenciones asegurando que fueron realizadas ante la existencia de torturas y amenazas.

"El Abuelo" se enfrenta a 58 años de cárcel por todos los delitos anteriores con la agravante de reincidencia, salvo el de lesiones terroristas. En su escrito de conclusiones provisionales, el fiscal considera que actuaba como "responsable externo" o "dinamizador" de los "grupos Y", que cometían las acciones de "kale borroka" siguiendo instrucciones de ETA para crear un "clima de inseguridad colectiva".

Según el Ministerio Público, "El Abuelo" era el encargado de reclutar jóvenes para las acciones violentas, les proporcionaba material e instrucción para cometerlas, fijaba objetivos y reivindicaba los actos de "kale borroka" ante el diario "Egin".

En el registro a su domicilio, la Policía se incautó de multitud de materiales para confeccionar artefactos explosivos, como cócteles molotov o napalm casero, una escopeta, un revólver de perdigones o tacos de madera con punta metálica para confeccionar cohetes-flecha.

Asimismo, el fiscal pide 43 años de prisión para Alberto Pio Oyaga, quien supuestamente también actuaba como "dinamizador", ordenando y planificando las acciones violentas, y encargándose de fabricar y almacenar los cócteles molotov. También Carlos Iñigo Blasco, para quien solicita 15 años de cárcel, se ocupaba de ocultar materiales para los explosivos en un lugar accesible para los procesados.

VEHÍCULO POLICIAL.

Entre los actos de los que les acusa el fiscal se encuentra el lanzamiento de cócteles molotov en septiembre de 1996 contra un vehículo de la Policía Nacional de Pamplona. Los dos agentes que se encontraban dentro del coche resultaron heridos. Uno de ellos sufrió quemaduras de segundo grado en el 13% de su cuerpo, que precisaron 170 días para curar y le dejaron numerosas cicatrices. Como resultado de las heridas y del daño psicológico, el agente sufrió incapacidad permanente para ejercer su profesión.

También se les imputa el incendio con "cócteles molotov" de dos camiones de TVE, también en Pamplona, cuando dos vigilantes jurados custodiaban los vehículos, alcanzando a uno de ellos uno de los artefactos arrojados sin producirle lesiones.

Otros ataques por los que el fiscal acusa a los procesados se dirigieron contra la Comandancia de Marina de San Sebastián, autobuses urbanos, vehículos policiales, cabinas telefónicas, cajeros automáticos y sedes bancarias.

Contenido patrocinado