El tribunal del 'procés' rechaza aplazar el juicio y mantiene en prisión a los acusados que denunciaron sus traslados

Vista en el Tribunal Supremo para celebrar el denominado artículo de previo pron
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Actualizado: jueves, 7 febrero 2019 13:49

La prueba documental se practicará en la vista oral y el suceso durante el trayecto hasta Soto no cambia el motivo por el que les encarcelaron

MADRID, 7 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que juzgará el 'procés' independentista en Cataluña ha rechazado este jueves la petición de alguna de las defensas de aplazar el inicio del juicio, que sigue fijada para el próximo 12 de febrero, con el objetivo de acceder a lo que se denomina prueba anticipada.

Asimismo, los magistrados mantienen en prisión al expresidente de la ANC Jordi Sànchez y a los exconsejeros Josep Rull y Jordi Turull, pese a que denunciaron vulneración de sus derechos durante su traslado a la prisión madrileña de Soto del Real. En este sentido, afirma que ya ha vuelto a reiterar al Ministerio del Interior, que dirige Fernando Grande-Marlaska, la necesidad del "escrupuloso respeto a la dignidad de los procesados".

El tribunal del 'procés' ha dictado este jueves un auto en el que ha desestimado la petición de algunos abogados de retrasar el comienzo de la vista oral para poder tener conocimiento de parte de la prueba documental aportada a la causa por otras defensas. Concretamente, esta solicitud la hicieron los abogados del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, del exconsejero Raül Romeva y del presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, además de los procesados antes mencionados.

Para el Supremo es "obligado" no aceptar esta pretensión porque, según recuerda, la prueba documental, a diferencia de lo que expresan los escritos de las defensas, se practica en el juicio, "no se anticipa en el plenario". En este sentido, explica que "hablar de prueba documental anticipada para referirse a los documentos que han sido reclamados, supone distanciarse del genuino significado procesal de la prueba anticipada", que -indica-- está contemplado para "supuestos de irrepetibilidad de una determinada declaración testifical".

"HUMILLACIÓN" DURANTE EL TRASLADO

En esta misma resolución, dictada a cinco días de que arranque la vista oral contra los 12 líderes independentistas, contesta a otra de las alegaciones planteada por el abogado de Sànchez, Rull y Turull sobre la "humillación" que supuestamente sufrieron durante el traslado que tuvo lugar el pasado 1 de febrero desde la cárcel de Lledoners (Barcelona) hasta el centro penitenciario de Soto del Real para ponerles a disposición del Tribunal Supremo.

Tras lamentar la conducta de un guardia civil suspendido por difundir en redes sociales un vídeo donde se escucha las "risas de mofa" de los agentes durante el trayecto, el letrado Jordi Pina solicitó a la Sala que dejase en libertad provisional a sus clientes, si no puede garantizar su dignidad, teniendo en cuenta que a partir de la semana que viene tendrán que volver a ser trasladados en furgón policial casi a diario y durante varios meses para asistir a las sesiones del juicio.

Ante esto, el Supremo recuerda que ya "puso en conocimiento de las autoridades responsables del traslado la necesidad de que éste se verificara con escrupuloso respeto a la dignidad de los procesados". Además, recuerda que los hechos denunciados ya "están siendo depurados" por la Guardia Civil y que cualquier alegación deberá ser resuelta en "ese ámbito de actuación".

Con todo ello, la Sala presidida por el magistrado Manuel Marchena no considera necesario cambiar la medida cautelar de prisión preventiva porque considera que estos hechos no modifican las circunstancias por las que el juez instructor de la causa, Pablo Llarena, acordó el ingreso en la cárcel. "Los presupuestos a los que se ha asociado la vigencia de esa medida siguen intactos y no pueden ser neutralizados por el episodio acaecido durante el traslado", subraya el auto.

REIVINDICACIÓN DE LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA

Por último, los magistrados hacen referencia a la petición que también hizo el abogado Jordi Pina sobre un requerimiento a la secretaria de Estado responsable de la campaña de comunicación 'España Global', dependiente del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, Irene Lozano, para que se abstenga de hacer declaraciones que puedan "menoscabar el derecho a la presunción de inocencia" de los acusados, ya que aún no han sido juzgados.

Lozano manifestó en una entrevista a la BBC el pasado 21 de diciembre que el juicio del 'procés' es un reto "para el sistema judicial español" porque "el hecho de que haya líderes políticos que hayan cometido delitos penales que estén siendo juzgados no es algo que ocurra habitualmente". No obstante, el Supremo dice al respecto que la reivindicación de la vigencia de ese derecho puede ser una alegación durante la vista oral.

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