El TS confirma la legalidad del pase a reserva del teniente general Mena por su discurso en la Pascua Militar

Actualizado: miércoles, 20 junio 2007 18:20

MADRID, 20 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por el que fuera jefe de la Fuerza Terrestre del Ejército de Tierra, el teniente general José Mena Aguado, contra la decisión del Gobierno de pasarle a situación de reserva tras afirmar, durante su discurso con motivo de la Pascua Militar de 2006, que si algún Estatuto de autonomía sobrepasa los límites de la Constitución, el Ejército tendría que intervenir como garante de la Carta Magna.

Según la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Eduardo Calvo Rojas, la decisión adoptada por el Consejo de Ministros habrá "quien la califique de rigurosa, pero de ninguna manera puede ser considerada gratuita, irracional ni, en definitiva arbitraria".

Añade que las manifestaciones de Mena, "atendiendo al momento solemne en que se produjeron, a la resonancia pública que alcanzaron y a su propio contenido, no exento de valoraciones políticas", constituyeron soporte objetivo suficiente para la decisión del Gobierno, "dentro del amplio margen de discrecionalidad" del que goza el Ejecutivo en cumplimiento del mandato constitucional de "interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos".

En su recurso ante el Tribunal Supremo, Mena vinculaba su pase a reserva con la sanción de ocho días de arresto domiciliario que le impuso el ex ministro de Defensa José Bono un día después del discurso por faltar al deber de neutralidad política regulado en el Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas. Esta sanción fue confirmada por la Sala de lo Militar del alto tribunal meses después. Según Mena, para realizar su cese se prescindió del trámite de audiencia y la decisión tampoco se motivó, lo que a su juicio le causó indefensión. La Abogacía del Estado se opuso a estos argumentos aduciendo que el cese no tiene carácter sancionador y que el pase a reserva de un oficial general por decisión del Gobierno no requiere motivación ni audiencia del afectado.

NO HUBO "SANCIÓN ENCUBIERTA".

La sentencia el Supremo recalca que el pase a reserva supuso para el recurrente una nueva situación administrativa que está prevista y definida en los estatutos militarles. Añade que no cabe hablar de sanción, por lo que carecen de fundamento las alegaciones del demandante, que parten de la premisa de que nos encontramos ante una sanción encubierta "lo que no se corresponde con la realidad según acabamos de señalar".

Añade el alto tribunal que las propias alegaciones de Mena ponen de manifiesto que la falta de una motivación formal en el Real Decreto del Consejo de Ministros no le impidió conocer las razones que decidieron su pase a la situación de reserva, que el propio demandante calificó de "notorias". "Por lo tanto, no cabe afirmar que tal falta de motivación haya causado indefensión", dice la sentencia.

A lo largo de su discurso, pronunciado en Sevilla con motivo de la Pascua Militar de 2006, Mena se refirió al proyecto de nuevo Estatuto par Cataluña y afirmó que "afortunadamente, la Constitución marca una serie de límites infranqueables para cualquier estatuto de autonomía, de ahí que reitero mi mensaje de tranquilidad".

Tras ello, recalcó que "si esos límites fuesen sobrepasados, lo cual en estos momentos afortunadamente parece impensable, sería de aplicación el artículo octavo de la Constitución: las fuerzas armadas, constituidas por el Ejercito de Tierra, la Armada y el Ejercito del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad, y el ordenamiento constitucional".

Siete días más tarde, el Consejo de Ministros aprobó cese del teniente general José Mena Aguado como jefe de la Fuerza Terrestre del Ejército de Tierra y acordó el nombramiento al frente de esta unidad militar del teniente general Pedro Pitarch Bartolomé, que hasta entonces desempeñaba el cargo de director general de Política de Defensa.