El TS considera que Batasuna ha dirigido de forma "inequívoca" la gestación de las agrupaciones de AS

Actualizado: domingo, 6 mayo 2007 12:21


MADRID, 6 May. (EUROPA PRESS) -

La Sala del 61 del Tribunal Supremo acordó esta madrugada por unanimidad anular las 246 agrupaciones de electores de Abertzale Sozialistak (AS) que concurrían a las elecciones del próximo día 27, al considerar que tras ellas está la ilegalizada Batasuna, y no actuar contra siete de las ocho candidaturas presentadas de forma independiente que también habían sido impugnadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado. La única de estas últimas que ha sido invalidada es Aitzo Altzolanean, que se presentaba en Altzo (Guipúzcoa).

En una sentencia de 226 páginas dada a conocer en torno a las tres de esta madrugada, el alto tribunal señala que los datos aportados revelan "de forma inequívoca y manifiesta" que el proceso de constitución de las citadas agrupaciones electorales "ha sido gestado y dirigido en todo momento por miembros relevantes de la extinta Batasuna".

A diferencia de otros procesos electorales, subraya el Supremo, dirigentes de Batasuna se han presentado públicamente "apoyando sin ambages" el proceso de recogida de firmas necesario. Otra prueba, calificada por los magistrados como "especialmente intensa", es la identificación de las agrupaciones bajo unas mismas siglas "como mecanismo de sucesión, una vez más, de los partidos políticos ilegalizados".

Según el Supremo, que nunca antes de hoy había extendido sus deliberaciones hasta altas horas de la madrugada, la adopción voluntaria por parte de las citadas agrupaciones de la denominación Abertzale Sozialistak supone la aceptación la estrategia de Batasuna, y "muestra de manera inequívoca que esas agrupaciones aceptan plenamente constituirse en instrumento del fraude electoral mencionado".

DOCE DUDOSAS

En doce de las 246 listas de AS examinadas ha sido "extremadamente relevante" la asunción de la citada marca, puesto que en dichos casos el alto tribunal ha advertido una falta de vínculos entre los candidatos incluidos en las listas y los partidos ilegalizados. En esta situación se encuentran las candidaturas de Adunako AS, Deba-Urolako AS, Zestoako AS, Amezketako AS, Ataúngo AS, Orexako AS, Artxondoko AS, Arratzuko AS, Aulestiko AS, Berritxuko AS, Bolibarko AS y Errigoitiako AS.

Las agrupaciones de AS se presentaban al Parlamento navarro, a las Juntas Generales de las tres provincias vascas, a las tres capitales del País Vasco, a Pamplona y a los dos municipios del Condado de Treviño.

El Supremo califica de "especialmente revelador" el contenido de las informaciones periodísticas y de los informes policiales realizados con respecto a las agrupaciones de Abertzale Sozialistak, porque ponen de manifiesto "sin sombra alguna de duda", que el proceso de presentación de candidaturas ha sido dinamizado y controlado por Batasuna "a fin de poder llevar a cabo el designio de dicha formación política ilegalizada de participar en los procesos electorales".

ANULADA UNA INDEPENDIENTE

Los 16 magistrados que integran la Sala Especial del artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial han anulado también una única candidatura de las consideradas independientes, la de Aitzo Altzolanean, que se presentaba por la localidad guipuzcoana de Altzo. Esta lista había sido impugnada únicamente por la Fiscalía.

La lista de Altzolanean, proclamada por la Junta Electoral de la zona de Tolosa, está integrada por 9 candidatos de los que 8 presentan vinculación directa con los partidos ilegalizados, según la sentencia del Supremo. Algunos de ellos fueron alcaldes de Euskal Herritarrok o concejales por Herri Batasuna en los años 90.

CANDIDATURAS SALVADAS

Las que sí podrán presentarse, a falta de lo que dictamine el Tribunal Constitucional al resolver los recursos de amparo que pueden interponerse frente a la decisión de hoy, son Kimu Berri Taldea, que concurrirá por la localidad guipuzcoana de Amezketa, y otras seis listas navarras.

Se trata de Erlain (que se presenta en Basaburua), Urri (Egüés). Errazkingo Elkartea (Larraun) y Agrupación Independiente Orikain, Agrupación Txangola y Errazkingo Elkartea (en Ezkabarte).

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Saavedra, dice con respecto a estas agrupaciones que no ha podido demostrarse "suficientemente" ni por la Fiscalía ni por los Servicios Jurídicos del Estado a través de las pruebas aportadas que pretendieran "burlar" la efectividad de la sentencia que ilegalizó Batasuna en marzo de 2003.

En algunos de estos casos, los datos aportados sobre su posible vinculación a Batasuna no han sido contrastados suficientemente o carecen de consistencia, mientras que en otros los propios candidatos renunciaron expresamente al ejercicio de la violencia como instrumento de acción política, repudiando el terrorismo.

En sus demandas de impugnación de listas, presentadas en la madrugada del pasado jueves, día 3, los Servicios Jurídicos del Estado y la Fiscalía impugnaron todas las candidaturas de Abertzale Sozialistak, al considerar que habían sido apadrinadas públicamente por dirigentes de la Izquierda Abertzale, que figuraban como candidatos, por lo que detrás de ellas estaba la ilegalizada Batasuna.

La Sala del 61 adelantó el fallo minutos antes de las 12 de la noche, si bien no dio a conocer la sentencia hasta tres horas más tarde.

Pasadas las cuatro de la madrugada, los 16 magistrados de la Sala Especial continuaban trabajando para dictar esta noche la sentencia que se espera para resolver las impugnaciones presentadas contra 133 listas del partido Acción Nacionalista Vasca (ANV). El ponente de esta sentencia es el presidente de la Sala Quinta, Angel Calderón.

Se trata de la primera vez que la Sala del 61 se pronuncia sobre candidaturas de un partido y ha optado por aplicar el artículo 12.3 de la Ley de Partidos, que evita la sucesión o continuación de un partido ilegalizado, en ejecución de la sentencia de Batasuna de marzo de 2003.