El TS desestima un recurso para que el crimen de Cordovilla (Navarra) sea juzgado mediante jurado popular

Europa Press Nacional
Actualizado: miércoles, 13 octubre 2010 18:06

PAMPLONA 13 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha desestimado el recuso de uno de los cinco procesados por el denominado crimen de Cordovilla para que el asunto fuera juzgado por un jurado popular en vez de por un tribunal profesional, esto es, la Audiencia Provincial de Navarra. La sentencia cuenta con un voto particular.

Los hechos que dieron lugar a este proceso judicial tuvieron lugar el 25 de abril de 2009, fecha en la que fue asesinada a tiros la mujer Yamiled Giraldo Quintero, en la localidad de Cordovilla.

El Ministerio fiscal solicita un total de 150 años de prisión para los cinco procesados, que presuntamente acabaron con la vida de Yamiled Giraldo después de que ésta hubiera ejercido de testigo en un juicio sobre prostitución y abusos sexuales.

La Sala de lo Penal del Supremo asegura en la sentencia conocida ahora que, de los diferentes delitos supuestamente perpetrados por los acusados -asesinatos consumados e intentado, tenencia ilícita de armas y obstrucción a la Justicia-, el "objetivo criminal principal" es este último delito.

Según expone, "el móvil del asesinato fue exclusivamente el de llevar a cabo la venganza" contra quien actuó en su día como testigo de cargo y, habida cuenta que no es posible dividir la causa en distintos delitos para su enjuiciamiento, la competencia es del tribunal profesional.

La Audiencia de Navarra ya desestimó el recurso presentado por uno de los procesados que solicitó que el juicio por este crimen fuera visto por el tribunal del jurado al entender que en este caso concurría "una circunstancia que impide que podamos apreciar esa competencia", que es el delito del asesinato intentado, ya que los procesados intentaron presuntamente acabar también con la vida del hijo de la víctima mortal.

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