El TSJA rebaja a 15 años la pena a una madre que mató a su bebé al nacer y lo ocultó en una bolsa

Actualizado: jueves, 19 abril 2012 21:27

MÁLAGA, 19 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de 17 años y medio de prisión a 15 años la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Málaga a una madre que mató a su bebé recién nacido y lo ocultó en una bolsa de basura.

En diciembre pasado la Audiencia malagueña condenó a la mujer, de origen paraguayo y acogida por una familia a la que ocultó el embarazo por "temor a su reacción", a 17 años y medio de prisión como autora de un delito de asesinato con alevosía.

Los hechos se produjeron en septiembre de 2010, cuando dio a luz en la cocina del domicilio a una niña, de 3,4 kilogramos y 52,5 centímetros que nació viva. En el veredicto del jurado se declaró probado que la mujer, con la intención de acabar con la vida del bebé, "golpeó a la recién nacida en el lado izquierdo de la cabeza, lo que le provocó la fractura de la bóveda y la base craneal, así como un shock hemorrágico y un traumatismo craneoencefálico". A continuación, "con la clara intención de deshacerse del bebé, lo introdujo, todavía con vida, en una bolsa de basura que dejó en el patio".

La representación legal de la acusada interpuso contra la sentencia un recurso de apelación que ahora ha estimado el alto Tribunal andaluz, rebajando la pena al estimar un error en la valoración de una prueba.

En el veredicto de la Audiencia malagueña, según la sentencia del TSJA, se omite la referencia a la prueba pericial practicada por el forense, que afirmó que la acusada respondía al perfil de delincuente por conflicto y que presentaba un estado mental de "borramiento psíquico de su conciencia de los hechos, que merma sus facultades sin eliminarlas".

El forense aprecia no obstante "una merma, que no total anulación, de sus facultades cognitivas y/o volitivas por el borramiento psíquico de su conciencia en la comisión de los hechos", lo que significa, precisa el alto Tribunal andaluz, que la acusada "tenía mermadas sus facultades mentales al menos parcialmente cuando ocurrieron los hechos", algo que "silencia" la sentencia apelada "en el intento de llenar el vacío en que incurre el jurado".

Por esta razón, se estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto y se reduce a 15 años de prisión la pena a la madre del bebé, como criminalmente responsable, en concepto de autora, de un delito de asesinato.