El Gobierno foral extiende el servicio de mediación penal a la Audiencia Provincial

Actualizado: miércoles, 28 marzo 2012 17:50

PAMPLONA, 28 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de Navarra también prestará el servicio de mediación penal en la Audiencia Provincial de Navarra, un método que comenzó a implantarse en la Comunidad foral en 2006 y que desde 2010 se ofrece en todos los juzgados de instrucción y de lo Penal de Pamplona. Asimismo, el año pasado se extendió al partido judicial de Aoiz.

Para que en los órganos judiciales se pueda ofrecer este método, el Ejecutivo foral ha autorizado en su sesión de este miércoles una subvención de 60.000 euros a la Asociación Navarra de Mediación. Los Presupuestos Generales de Navarra contemplan una partida específica para este fin.

La mediación penal es un método desarrollado por equipos multidisciplinares (penal, intercultural, educativo, etc) para que víctima e infractor traten de resolver un conflicto. En caso de acuerdo, este es validado por el juez, con los mismos efectos que una sentencia. El proceso es voluntario y gratuito, en el marco de un proceso penal.

El servicio de Mediación Penal del Gobierno de Navarra gestionó en 2011 un total de 145 expedientes por faltas y delitos, de los que 67 se saldaron con acuerdo - disculpas formales, pago a la víctima, acuerdo de mutuo respeto, no acudir a ciertos lugares, etc- y 78 sin acuerdo, en 14 casos por no alcanzarlo tras el proceso y en los restantes por no poder iniciarlo (imposibilidad de contactar con las partes en conflicto o rechazo a la mediación).

En total, el año pasado fueron atendidas 206 personas, 73 de ellas víctimas. El 59% de los usuarios tenía la nacionalidad española, frente al 76% de 2010, año en el que se gestionaron 102 expedientes. Del total, 156 eran hombres, 50 mujeres y 7 personas jurídicas.

Según ha informado el Gobierno, la normativa internacional está impulsando esta práctica de justicia reparadora, que entre otras ventajas, disminuye la carga de trabajo de la Administración de Justicia. Están excluidos determinados delitos (atentado y resistencia o violencia de género).

A modo orientativo se puede aplicar el proceso de mediación a los siguientes: patrimoniales (hurtos, robos con fuerza, robos con intimidación, estafas, apropiación indebida, robo y hurto de uso de vehículo a motor); amenazas y coacciones; delitos de daños; delitos de lesiones; impago de alimentos; salud pública; en cuyo caso, la reparación podrá hacerse simbólicamente o materialmente con entidades dedicadas a la rehabilitación de drogodependientes.