El Gobierno de Navarra ultima un Decreto Foral de Habitabilidad para "garantizar viviendas dignas"

Archivo - La vicepresidenta tercera y consejera de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, Begoña Alfaro.
Archivo - La vicepresidenta tercera y consejera de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, Begoña Alfaro. - Eduardo Sanz - Europa Press - Archivo
Europa Press Navarra
Publicado: miércoles, 30 septiembre 2026 13:26

PAMPLONA 30 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de Navarra ha acordado este miércoles tomar en consideración el proyecto de Decreto Foral por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas en la Comunidad foral, a efectos de que el Consejo de Navarra emita un dictamen al respecto, último paso antes de la aprobación definitiva de esta normativa.

El Ejecutivo foral avanza así en la renovación del Decreto Foral 142/2004, de 22 de marzo, un marco normativo con más de 22 años de vigencia, que "necesita adaptarse a los cambios legales, técnicos, sociales y urbanísticos producidos en las últimas dos décadas", según ha explicado en rueda de prensa la vicepresidenta tercera y consejera de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, Begoña Alfaro.

El objetivo del Decreto Foral es establecer las condiciones mínimas de habitabilidad que debe reunir toda vivienda en Navarra para ser ocupada como alojamiento habitual de personas, así como la regulación de los procedimientos de inspección y control de la construcción, reforma, rehabilitación y utilización de las viviendas.

Con este objetivo se regulan los procedimientos para la solicitud, concesión, control y renovación de la cédula de habitabilidad de las viviendas de la Comunidad foral. Las condiciones que se regulan tienen carácter de mínimas obligatorias para las viviendas nuevas y para las ya construidas, una vez que entren en vigor.

Según ha explicado Alfaro, esta actualización normativa busca equilibrar dos objetivos fundamentales: "garantizar que toda vivienda en Navarra cumpla condiciones mínimas adecuadas para el bienestar, la seguridad y la salud de las personas, y facilitar la incorporación de nuevas viviendas al parque residencial mediante la eliminación de obstáculos innecesarios que vienen impidiendo la regeneración urbana o la transformación de espacios existentes en vivienda, siempre preservando los estándares esenciales de calidad".

Se incorporan cuestiones de eficiencia energética y criterios de perspectiva de género en el diseño de los edificios y las viviendas, que "hasta ahora no se habían contemplado y se consideran indispensables", ha añadido.

Excepcionalmente, la Dirección General de Vivienda podrá eximir del cumplimiento de alguna de las condiciones de habitabilidad si queda justificada la imposibilidad o desproporcionada dificultad de llevarlas a cabo, si existe una protección histórico-artística del edificio que impida la adaptación o si la construcción de la vivienda es anterior a 1944, entre otras salvedades. "Como novedad, el nuevo texto establece un régimen específico para las viviendas tradicionales y del ámbito rural, de manera que se flexibilizan determinados requisitos técnicos que faciliten su rehabilitación y la creación de más viviendas que movilice la oferta de alquiler en el ámbito rural", ha recalcado Alfaro.

INSTRUMENTO ESENCIAL PARA GARANTIZAR ESTÁNDARES ADECUADOS

La regulación de las condiciones mínimas de habitabilidad se considera, ha expuesto el Gobierno en la nota, un instrumento esencial para garantizar que las viviendas reúnan unos estándares adecuados de seguridad, salubridad, accesibilidad y funcionalidad, contribuyendo a hacer efectivo el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, reconocido en el artículo 47 de la Constitución Española.

La normativa vigente ha contribuido de forma significativa a mantener elevados niveles de calidad en el parque residencial navarro. Sin embargo, ha añadido, en los últimos años se ha constatado que la aplicación de determinadas exigencias dificultaba en algunos casos la creación de nuevas viviendas, sin que ello comportara mejoras relevantes en términos de habitabilidad, dificultando la movilización del parque edificado existente y el aprovechamiento del suelo ya urbanizado.

En este contexto, el Gobierno de Navarra ha explicado que ha constatado que la situación actual del mercado residencial, "marcada por una oferta insuficiente de vivienda", hace necesario introducir este nuevo marco normativo, que "ha conllevado la revisión de aquellos requisitos que puedan constituir barreras innecesarias para la rehabilitación de inmuebles y la incorporación de nuevas viviendas al parque residencial".

El nuevo Decreto Foral consta de 13 artículos, una disposición derogatoria, dos disposiciones finales y dos anexos, en los que se contemplan todos los aspectos relacionados con la habitabilidad, adaptados a las nuevas normativas y las realidades sociales, como es el caso de introducir exigencias en cuanto a eficiencia energética exigible en una vivienda o la perspectiva de género en la edificación.

En el primer anexo, se especifican las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas existentes, mientras que el segundo se centra en los requisitos de las viviendas de nueva construcción. El Decreto Foral especifica las condiciones tanto de las viviendas como del edificio en el que se ubican, en cuanto a servicios e instalaciones, condiciones de seguridad, accesos, circulaciones interiores, escaleras de uso común, patios, garajes y trasteros, entre otros aspectos. También establece mínimos exigibles en cuanto a superficies, alturas mínimas, iluminación y ventilación y, en el caso de viviendas nuevas, requisitos de estancias como la cocina, la sala de estar, dormitorios, baño y aseo o tendederos.

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