PAMPLONA, 4 Jun. (EUROPA PRESS) -
La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Pamplona ha dictado el auto de apertura de juicio oral contra José Diego Yllanes Vizcay por el crimen de Nagore Laffage Casasola, la joven de Irún que fue asesinada en Pamplona el 7 de julio de 2008. La juez considera, en la resolución notificada hoy, que los hechos investigados pueden ser constitutivos de un delito de asesinato y de otro de profanación de cadáveres.
La titular del Juzgado envió hoy la causa a la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra para su enjuiciamiento por el procedimiento del tribunal del jurado. La vista oral se celebrará después del verano, en unas fechas aún por determinar.
En el auto, la juez requiere al acusado para que presente en el plazo de 24 horas una fianza por importe de 750.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias. Además, se mantiene la medida de prisión provisional comunicada y sin fianza para el acusado.
La juez considera como hechos "justiciables" y "acreditados" que el acusado, José Diego Yllanes, sobre las 7 de la mañana del 7 de julio de 2008 se encontró con un grupo de chicas con las que caminó hasta un portal de la calle Pedro I de Pamplona, cuando, una vez sentados en las escaleras de acceso, llegó Nagore Laffage, que compartía piso con dichas jóvenes.
Según el auto, ni Nagore Laffage ni las compañeras de piso eran amigas de José Diego Yllanes, "a quien sí conocían de vista por ser interno residente en el departamento de Psiquiatría de la Clínica Universitaria". A continuación, la víctima dijo algo al oído del acusado y ambos se marcharon en dirección a otro piso de Pamplona, adquirido por José Diego Yllanes pero todavía no habitado. Una vez allí, siempre según el auto, él propuso a ella subir al domicilio y ésta "aceptó la invitación".
Una vez en el interior de la vivienda, comenzaron a tener "una relación íntima, a la que se opuso Nagore cuando Diego, de forma brusca le rompió el pantalón y las bragas".
Así, continúa el auto, "al ver frustradas sus expectativas, y viendo que Nagore muy alterada pretendía marcharse, José Diego la agarró de forma violenta, tapándole la boca, a fin de impedir que saliera del piso y que los vecinos oyeran sus gritos". Seguidamente le tiró al suelo donde le golpeó repetidamente en cara, pómulos, ojos, mejillas, nariz y boca, apretándole el cuello hasta dejarle a en un estado de semiinconsciencia".
Según consta en el auto, sobre las 10.04 horas, Nagore Laffage recobró el conocimiento y pudo ver el teléfono móvil del acusado, que cogió llamando al 112 para pedir ayuda. Sin embargo, "al percatarse de esta acción, José Diego le quitó el teléfono y prevaliéndose de la debilidad de Nagore tras la anterior agresión, le apretó el cuello fuertemente hasta causarle la muerte por asfixia mediante estrangulación manual".
Tras todo ello, según el auto, intentó "descuartizar a Nagore para poder hacerla desaparecer más fácilmente, seccionándole finalmente tan solo el dedo índice de la mano derecha y parcialmente la muñeca, y desistiendo de su propósito al no tener los útiles necesarios". Finalmente, introdujo su cuerpo y efectos en bolsas, limpió el piso y trasladó el cuerpo al paraje llamado Oianburu de Orondritz, donde la ocultó.
Por último, el auto señala que, "sin que en ningún caso se entienda prejuzgar los hechos, del relato se deriva que Nagore Laffage se encontraba en una situación de semiinconsciencia que le impedía cualquier tipo de defensa y aseguraba a José Diego el resultado pretendido", porque "concurriría la alevosía necesaria para cualificar los hechos y elevarlos al tipo penal del asesinato".