Pamplona convoca las subvenciones a la participación ciudadana para financiar asociaciones sin ánimo de lucro

Publicado: lunes, 15 marzo 2021 15:32

PAMPLONA, 15 Mar. (EUROPA PRESS) -

El próximo 12 de abril concluye el plazo para que asociaciones y entidades sin ánimo de lucro concurran a la convocatoria municipal de ayudas a la participación ciudadana, dotada por 500.000 euros. Se trata de financiar proyectos, actividades y formación en los ámbitos de la participación ciudadana, la ciudadanía activa, la capacitación en participación y la articulación social, desarrollados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Al igual que el pasado año, las subvenciones priorizarán el trabajo con colectivos vulnerables y las actividades para paliar las consecuencias de la COVID-19.

Pueden presentar su solicitud a esta convocatoria las personas jurídicas legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, que carezcan de ánimo de lucro y que no dependan económica o institucionalmente de entidades lucrativas. Además, deben realizar el programa, proyecto, actividad o actuaciones subvencionadas íntegramente en Pamplona, contar con una estructura en funcionamiento que garantice el cumplimiento de los objetivos propuestos y tener un seguro de responsabilidad civil para el proyecto y las actividades presentadas y de accidentes para el personal voluntario, de acuerdo con la legislación vigente.

Las solicitudes deberán presentarse de forma telemática, a través del trámite 'Solicitud electrónica de subvenciones para personas jurídicas', publicado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pamplona. La información sobre estas ayudas se puede consultar en el Boletín Oficial de Navarra número 58 de 12 de marzo o en la página web municipal, www.pamplona.es. Se puede solicitar cita previa en el 948 420 464 para recibir ayuda en la tramitación por parte del Servicio de Dinamización y también en la web se pueden consultar materiales de ayuda sobre estas subvenciones de participación ciudadana.

DIFERENTE AYUDA SEGÚN EL TIPO DE ACTIVIDAD

La convocatoria establecen cinco modalidades: el 'Epígrafe A', dotado con 45.000 euros, engloba fiestas de barrio, festividades populares o eventos socioculturales de carácter comunitario; el 'Epígrafe B', con 340.000 euros, incluye actuaciones que promuevan la participación ciudadana y el trabajo en red del tejido social; el 'Epígrafe C' destina 40.000 euros para actuaciones que promuevan la diversidad cultural; el 'Epígrafe D' cuenta con 70.000 euros para actuaciones que promuevan la participación ciudadana y la ciudadanía activa de las personas mayores; y el 'Epígrafe E', para acciones formativas del ámbito del fomento de la participación ciudadana y la ciudadanía activa, reparte una cuantía de 5.000 euros.

Cada asociación o entidad sin ánimo de lucro podrá presentar una única solicitud por epígrafe, sin que computen a tal efecto otros proyectos diferentes presentados conjuntamente con otras dos o más entidades. La subvención consistirá en un porcentaje sobre el presupuesto solicitado y aceptado y, en ningún caso superará el 75% del coste total del proyecto o actividad, debiendo la entidad aportar al menos el 25%, bien a través de fondos propios o de fondos obtenidos a través de otras subvenciones. En las modalidades A, C y D, el importe de la subvención no podrá superar los 10.000 euros. En la modalidad B, el máximo serán 20.000 euros y en la modalidad E, se podrá llegar a los 2.000 euros.

Si durante el procedimiento de revisión de las solicitudes recibidas, el Ayuntamiento apreciara de manera justificada que una solicitud encaja mejor en otro epígrafe que aquel para el que ha sido presentada podrá, previa comunicación y audiencia a la entidad interesada, trasladarla a otro epígrafe para su valoración técnica, ha informado el Ayuntamiento.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Serán gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido. Específicamente, se considerarán gastos subvencionables para los epígrafes A, B, C y D, los gastos directos asociados al proyecto relacionados con recursos humanos, material fungible y publicidad, gastos derivados de la asistencia a la actividad para personas con necesidades económicas especiales, seguro de responsabilidad civil y de accidentes o desarrollo de aplicaciones tecnológicas o mantenimiento de web, entre otros. A ellos se suman, gastos de funcionamiento y administrativos asociados al proyecto, entendidos como aquellos gastos generales que son necesarios para realizar la actividad, tales como alquiler de local, luz, agua, teléfono y gestión administrativa.

Para el epígrafe E, vinculado a actividades formativas, se incluyen como gastos directos el personal formador y profesorado, la coordinación de las acciones, el gasto en materiales fungibles y publicidad u otros gastos, como desplazamientos, dietas, alojamiento de ese personal formador, entre otros gastos. Se pueden imputar también gastos derivados de la atención a personas dependientes durante el desarrollo de las actividades subvencionadas (guardería, ludotecas, cuidado de personas mayores...).

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