El Parlamento convalida el suplemento de crédito de 23.995.298,20 euros para varios departamentos del Gobierno foral

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Imagen de la sesión - PARLAMENTO DE NAVARRA
Publicado: martes, 9 mayo 2023 13:49

PAMPLONA, 9 May. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Permanente del Parlamento de Navarra ha aprobado este martes por unanimidad la convalidación del Decreto-ley foral 1/2023, de 24 de abril, por el que se concede un suplemento de crédito, por importe total de 23.995.298,20 euros, para la financiación de las necesidades de varios departamentos del Gobierno de Navarra.

El suplemento de crédito, según han informado desde el Legislativo, se justifica en la aplicación de la Ley foral 11/2023, de 19 de marzo, por la que se modifica la Ley foral 11/1992, de 20 de octubre, reguladora del régimen específico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud, y en la necesidad del departamento de Derechos Sociales de aprobar una ayuda económica para familias con menores a cargo de 0 a 3 años.

El importe del suplemento de crédito para la financiación de las necesidades de varios departamentos se aplicará a complementos de productividad, retribuciones personal fijo, complementos por realización de guardias, indemnización ante gasto por desplazamiento puestos difícil cobertura, retribuciones del personal contratado temporal, y ayudas económicas de apoyo a familias con menores de 0 a 3 años a cargo.

La financiación de este suplemento de crédito se acometerá con cargo a la partida 'Remanente de tesorería gastos generales' (23.995.298,20 euros).

La Ley foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, dispone en su artículo 48 párrafo primero que, cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto vigente algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente y el crédito consignado sea insuficiente y no pueda incrementarse conforme a las disposiciones contenidas en esta ley foral, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, remitirá al Parlamento de Navarra un proyecto de ley foral de concesión de suplemento de crédito.

Por su parte, el artículo 21 bis de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen foral de Navarra, establece que, en caso de "extraordinaria y urgente necesidad", el Gobierno de Navarra podrá dictar disposiciones legislativas provisionales bajo la forma de decretos-leyes forales. El decreto-ley foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BON.

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