Actualizado 11/05/2007 22:05

Crónica Consejo.- ((Amplía la anterior con decreto que regula la figura del cuidador del dependiente))

El Gobierno garantiza por decreto cantidades mínimas que percibirán ya los grandes dependientes

- Aprobado un proyecto de ley para evitar la indefensión en la contratación de créditos

MADRID, 11 May. (OTR/PRESS) -

Las personas mayores o con discapacidad que hayan sido valoradas como grandes dependientes, tienen garantizadas este año las prestaciones establecidas en la Ley de Dependencia, gracias a un Real Decreto aprobado hoy por el Consejo de Ministros, que regula el nivel mínimo de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Otro real decreto aprobado hoy regula la figura del cuidador del dependiente. Además, el ejecutivo aprobó un Anteproyecto de Ley que amplía la protección de los consumidores en la contratación de créditos al consumo e hipotecarios.

Según explicó la vicepresidente de la Vega en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, uno de los principales objetivos del Real Decreto aprobado por el ejecutivo "es garantizar la igualdad de todos los ciudadanos del Estado en cuanto a las prestaciones determinadas por la Ley de la Dependencia". En consecuencia, el Gobierno destinará como mínimo, 250 euros mensuales a las Comunidades Autónomas, por cada persona valorada como gran dependiente nivel 2 -entre los que se encuentran los casos más graves- y 170 euros mensuales por cada ciudadano valorado como gran dependiente nivel 1. A pesar de las diferencias en las asignaciones, la nueva norma asegura los servicios y prestaciones para ambos durante este año.

Finalmente, si se suman las cantidades aportadas por el Gobierno central y las de las Comunidades Autónomas, el resultado de la cantidad que corresponde a cada gran dependiente de nivel 2 previsto para 2007, es de 1.014 euros mensuales. Por su parte, los grandes dependientes de nivel 1 recibirán una asignación total estimada de 774 euros gracias a las contribuciones de ambas administraciones. Además, a través de este nuevo decreto, el ejecutivo consolida el Sistema de Dependencia como el cuarto pilar del Estado de Bienestar, junto con el Sistema Nacional de Salud, el Sistema Educativo y el Sistema de Pensiones.

Por otra parte, un segundo real decreto aprobado hoy determina que los cuidadores familiares de personas dependientes se integrarán en el régimen general de la Seguridad Social, concretamente los casos de cónyuges, parientes por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el tercer grado de parentesco. Según esta iniciativa, los cuidadores podrán percibir una compensación económica de hasta 487 euros y serán dados de alta. El coste de la cotización (hasta 74 euros) será asumido por el Estado. De la Vega apuntó que el 83 por ciento de las personas que atienden a los dependientes son miembros de su familia, en su mayoría mujeres. Con la aprobación de este real decreto, los cuidadores podrán acceder a las prestaciones del resto de los trabajadores y recibirán formación básica para el trabajo que realizarán.

Por otro lado, el Consejo de Ministros aprobó hoy un Anteproyecto de Ley que pretende proteger a los consumidores en los servicios de intermediación y contratación de créditos o préstamos, renovando y ampliando las obligaciones de transparencia y las garantías de información que deberán cumplir las entidades que se dedican a esa actividad, como las empresas de crédito convencionales, o las denominadas de mediación de créditos. El principal objetivo de la norma es proteger al consumidor asegurándole un conocimiento pleno de las condiciones en las que realiza la contratación de productos como los créditos al consumo, los créditos hipotecarios o los de agrupación y reunificación de deudas.

En defensa del nuevo proyecto legislativo, De la Vega explicó que es preciso que "toda operación financiera cuente con normas claras, que se entiendan", y que el nuevo proyecto de ley está destinado a "evitar la indefensión" en la contratación de créditos.

REGISTRO OBLIGATORIO PARA LAS EMPRESAS DEL SECTOR

Para ello, el Anteproyecto del ejecutivo pretende unificar los requisitos que deben cumplir dichos productos para que tengan características similares, y prevé la creación de un Registro Público Estatal de empresas dedicadas a las citadas actividades para las que la inscripción en dicho registro será obligatoria. Respecto a la transparencia, la nueva norma establece que la entidad deberá facilitar al cliente el contenido mínimo de los contratos al menos quince días antes de su firma, donde se deberán incluir las principales características del mismo, así como el precio y del informe de la Tasa Anual Equivalente (TAE).

Además, se exigirá que las tarifas de precios y comisiones se recojan en un folleto, con lo que no se podrán cargar cantidades superiores a las establecidas, y las entidades que dispongan de locales públicos tendrán que tener un tablón que incluya por escrito toda la información relevante para el consumidor. Por otro lado, la información que se comunique a través de la publicidad deberá ser clara y veraz. En cuanto a los contratos, el Anteproyecto determina que tendrán que hacerse por escrito, extendiendo a todas las empresas las exigencias relativas a las escrituras públicas respecto hipotecas y tipos de referencia.

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