- Los trámites se podrán realizar vía Internet acortando los plazos para hacer efectivo el cobro, cifrado en 80 millones de euros
MADRID, 15 Feb. (OTR/PRESS) -
Agricultores y ganaderos podrán percibir desde mañana la devolución del Impuesto de Hidrocarburos en las compras realizadas entre el 1 de octubre de 2005 y el 30 de septiembre de 2006, una vez el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Orden Ministerial que regula el procedimiento de devolución de este impuesto especial. Por primera vez se podrán presentar las solicitudes ante la Agencia Tributaria vía Internet, a través de un procedimiento simplificado y directo, evitando así trámites y acortando los plazos para hacer efectivo el cobro. El sector cifra en 80 millones de euros el monto del dinero a devolver.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy la orden ministerial que regula el procedimiento de devolución del impuesto especial sobre hidrocarburos a agricultores y ganaderos a razón de 78,91 euros por 1.000 litros de gasóleo. Tendrán derecho a la devolución del impuesto los agricultores y ganaderos inscritos en el censo de Obligados Tributarios del Ministerio de Hacienda que hayan tenido derecho a la utilización del gasóleo bonificado para uso agrícola.
Con esta norma, el departamento que dirige Elena Espinosa materializa el acuerdo que alcanzó con el Ministerio de Economía y Hacienda y las organizaciones agrarias COAG y UPA en diciembre de 2005 que establecía una serie de medidas para compensar la subida del gasóleo en los costes de producción en el campo.
Los cálculos de la organización de Agricultores COAG indican que con este acuerdo el Gobierno podría devolver un total de 80 millones de euros, "lo que supone la cuantía económica más importante destinada al sector agrario de todos los acuerdos firmados con la Administración".
78 EUROS POR 1.000 LITROS
La cantidad a devolver será igual al resultado de multiplicar el tipo de 78,71 euros por 1.000 litros por el volumen de gasóleo efectivamente empleado en la agricultura o ganadería durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 2005 y el 30 de septiembre de 2006, expresado en miles de litros.
Los agricultores o las organizaciones agrarias que tengan suscrito un convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria deberán presentar las solicitudes de forma telemática por Internet mediante una aplicación informática la web de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
En la solicitud deberá constar, entre otros datos, los litros de gasóleo consumidos, justificados mediante las correspondientes facturas, así como la identificación del tipo de maquinaria con el que se ha realizado el consumo de gasóleo.
COAG anima a agricultores y ganaderos a realizar cuanto antes los trámites necesarios para poder acceder a la devolución del impuesto y valora esta medida fiscal que se suma a otro beneficio llevado a cabo por el Gobierno a los agricultores, ya que desde el 1 de enero de 2006 se aplica el incremento de un 1% del IVA compensatorio de agricultura y del 0,5% en ganadería.
En este contexto, la organización agraria solicita al MAPA y a la Agencia Tributaria que se adelante al 1 de enero de 2008 la aplicación del gasóleo profesional para el sector agrario. En su opinión, de esta manera se aprovecharía la armonización fiscal a escala comunitaria y la propia del sector transportista.