El Consejo de Estado cree "pertinente" la queja de jueces sobre la Ley Sinde, que el Gobierno rechazó "sin explicación"

González-Sinde
EP
Actualizado: jueves, 25 marzo 2010 18:11


MADRID, 25 Mar. (EUROPA PRESS) -

El dictamen del Consejo de Estado sobre el proyecto de Ley de Economía Sostenible aboga por fomentar "las descargas lícitas de contenidos protegidos", "la transparencia de las entidades de gestión de los derechos de autor" y "la exigencia de compensaciones equitativas por copias privadas no basadas en la presunción de que un soporte grabable se adquiere para copiar material registrado".

Estas medidas, según el Consejo de Estado, "contribuirían a crear un marco más favorable a la tarea de preservación de la propiedad intelectual". Asimismo, el Consejo de Estado se muestra consciente de "las dificultades derivadas de la relación entre Internet y los derechos de autor, que aconsejan un tratamiento lo más global posible", mantiene.

En el citado informe, este organismo considera "pertinentes" las observaciones del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) referentes a este asunto que, según el Consejo de Estado, "han sido rechazadas por el Ministerio de Economía y Hacienda, aunque sin explicación de los motivos en que se basa su rechazo o con argumentos excesivamente escuetos".

En las citadas observaciones del CGPJ se calificaba de "oportuno" que los órganos elegidos para autorizar la ejecución material de las resoluciones adoptadas por la futura Sección Segunda Comisión de Propiedad Intelectual (CPI), órgano colegiado de ámbito nacional existente en el seno del Ministerio de Cultura, fueran los Juzgados de lo Contencioso-administrativo, "puesto que su jurisdicción se extiende a todo el territorio nacional".

El Consejo de Estado alude en su informe al artículo 158 de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) según el cual las medidas de interrupción de la prestación de un servicio de la sociedad de la información o de retirada de los contenidos vulneradores de la propiedad intelectual pueden ser adoptadas contra "un prestador con ánimo de lucro, directo o indirecto", o contra "quien pretenda causar un daño patrimonial".

El Consejo, de acuerdo con el CGPJ, señala que esta última expresión "obliga a la averiguación de las intenciones del sujeto en cuestión, con la dificultad que ello conlleva" y ve necesario "cambiar dicha expresión, con el fin de acotar de forma más clara los supuestos, que han de ser una gravedad manifiesta, en los que podrán acordarse las medidas que regula este precepto".

AUTORIZACIÓN JUDICIAL

También está de acuerdo el Consejo de Estado en el requerimiento de una "previa autorización judicial" a la hora de retirar contenidos que atenten contra la propiedad intelectual o cuando sea preciso interrumpir un servicio de la sociedad de la información.

En cuanto a la cuestión de que, además del representante legal de la Administración y el Ministerio Fiscal, deban ser convocados los titulares de los derechos y libertades afectados o la persona que éstos designen como representante, el Consejo estima "preferible" que el precepto se refiriese "a los interesados en el procedimiento administrativo previo seguido ante la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual".