Discrepancias entre consumidores por la medida del Gobierno de limitar productos de venta para evitar desabastecimientos

Supermercados en Sevilla (Andalucía, España)
Supermercados en Sevilla (Andalucía, España) - Joaquin Corchero - Europa Press
Publicado: jueves, 31 marzo 2022 14:23

   MADRID, 31 Mar. (EUROPA PRESS) -

   Las organizaciones de consumidores y usuarios AUC, CECU, FUCI, HISPACOOP y UNAE han lanzado un comunicado conjunto en el que expresan su conformidad con la medida aprobada por el Gobierno para permitir, en circunstancias extraordinarias o de fuerza mayor, que los establecimientos comerciales puedan limitar la cantidad de artículos adquiridos por cada comprador. Por el contrario, desde Facua-Consumidores en Acción tachan la medida de "irresponsable".

   A juicio de AUC, CECU, FUCI, HISPACOOP y UNAE, la medida aprobada --que supone la modificación del artículo 9 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista-- puede ser necesaria para contribuir a paliar desabastecimientos puntuales de determinados productos que la actual situación del mercado pueda generar.

   En todo caso, indican que la modificación determina que estas medidas deberán estar justificadas, y, además, precisa que las mismas se adoptarán de manera proporcional y cuando se requiera para garantizar el acceso de las personas consumidoras en condiciones equitativas.

   Por el contrario, desde Facua-Consumidores en Acción han calificado de "irresponsabilidad" que el Gobierno "dé carta blanca" a los comercios para que puedan limitar el número de productos que los usuarios pueden adquirir, a la vez que suben sus precios, según informa en un comunicado.

   Según la asociación, estas limitaciones son las que provocan el acaparamiento de bienes y el desabastecimiento, además de permitir la especulación con los precios con el argumento de la escasez de los productos a la venta.

   El Ejecutivo ha introducido este miércoles mediante el Real Decreto Ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, una modificación a la Ley de Ordenación del Comercio Minorista que, hasta la fecha, prohibía expresamente que los comercios pudieran limitar el número de unidades que pueden comprar los consumidores.

   Así, el apartado 2 del artículo 9 de la citada ley señalaba que "los comerciantes no podrán limitar la cantidad de artículos que pueden ser adquiridos por cada comprador ni establecer precios más elevados o suprimir reducciones o incentivos para las compras que superen un determinado volumen. En el caso de que, en un establecimiento abierto al público, no se dispusiera de existencias suficientes para cubrir la demanda, se atenderá a la prioridad temporal en la solicitud".

   "Excepcionalmente, cuando existan circunstancias extraordinarias o de fuerza mayor que lo justifiquen, los establecimientos comerciales podrán suspender con carácter temporal la prohibición prevista en el apartado 2 de limitar la cantidad de artículos que puedan ser adquiridos por cada comprador. Estas medidas deberán estar justificadas y se adoptarán de manera proporcionada cuando sea necesario para impedir el desabastecimiento y garantizar el acceso de los consumidores en condiciones equitativas", señala la nueva redacción.

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